Política
La agresiones a Rosa Díez durante un acto celebrado en la UAB se saldan con cuatro multas de poco más de 1.000 euros
Pese a las evidencias recogidas en las imágenes difundidas por los medios de comunicación, una juez de Sabadell considera que los ataques a la líder de UPyD no suponen más que "una expresión de una opinión distinta y diversa de la conferenciante". "Afirmar que esta situación se da con la única finalidad de impedirle dar la charla es ir demasiado lejos", añade, y concluye que no está acreditado que se produjese "ningún acto concreto de violencia" ni que los acusados "hubieran incitado a nadie a cometer un acto violento que fuera sinónimo de delito".
7 junio, 2014 13:18Un juzgado de Sabadell (Barcelona) ha saldado con tres multas de 1.050 euros y una de 1.200 euros a cuatro de los cinco jóvenes radicales independentistas acusados las agresiones que sufrío la líder de UPyD, Rosa Díez, en marzo de 2010 cuando se disponía a pronunciar una conferencia en la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB).
En una sentencia hecha pública este viernes, la titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Sabadell ha condenado a Laura Rodríguez Murciano, Guillem Gich Cortada, Aitor Blanc Aranjuelo y Oriol Corral Dina por un delito de desórdenes públicos, pero les absuelve de los delitos de coacciones, contra la integridad moral, provocación al odio y a la violencia contra grupos y asociaciones por motivos referentes a la ideología, y del delito de impedir el ejercicio de libertades de reunión o manifestación o perturbar gravemente el orden de las mismas, como le reclamaba la acusación popular y por los que afrontaban penas de hasta cuatro años de cárcel.
Díez tuvo que refugiarse en una sala protegida y, posteriormente, ser evacuada de la universidad mientras decenas de radicales independentistas le perseguían y le lanzaban todo tipo de objetos al grito de "fascista".
No está acreditado que se produjese "ningún acto concreto de violencia"
En el auto, la juez reconoce que los condenados estaban entre el grupo que "perturbó gravemente el orden", pero considera que los hechos denunciados no suponen más que "una expresión de una opinión distinta y diversa de la conferenciante". Así, "afirmar que esta situación se da con la única finalidad de impedirle dar la charla es ir demasiado lejos", añade, y señala que no está acreditado que se produjese "ningún acto concreto de violencia" ni que los acusados "hubieran incitado a nadie a cometer un acto violento que fuera sinónimo de delito".
La magistrada también ha rechazado prohibir a los condenados acudir a conferencias políticas, como solicitaba la fiscalía, porque no lo cree adecuado "ni por las características personales de los acusados", estudiantes muy jóvenes sin antecedentes, ni por la gravedad de los hechos. UPyD ya ha anunciado que recurrirá la sentencia.