El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido este jueves a trámite seis recursos, de tipo muy diverso pero con argumentos comunes, contra el gran proyecto de reforma educativa del Gobierno de Mariano Rajoy, la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce), también conocida como ley Wert, por su impulsor, el ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert.

Los recursos los han presentado el grupo el PSOE en el Congreso, la Generalidad y el Parlamento autonómico de Cataluña, y los gobiernos autonómicos de Andalucía, Asturias y Canarias. Es decir, el principal partido de la oposición y las Comunidades Autónomas no gobernadas por el PP, con la excepción del País Vasco y Navarra.

Desde el Alto Tribunal se ha recordado que la admisión a trámite de estos recursos "no supone ningún pronunciamiento" sobre el fondo de los mismos, y que este no se conocerá hasta que haya un decisión en firme de los magistrados.

El recurso de los socialistas se centra en el tratamiento de la asignatura de religión que contempla la ley Wert -y que choca frontalmente con el planteamiento del PSOE en su último paso por el Gobierno, en época de Zapatero, cuando impulsó la materia de Educación para la Ciudadanía-, la selección de alumnado por centros y la financiación pública de la educación diferenciada.

Invasión de competencias e inmersión

Los recursos de las CCAA, por su parte, coinciden en considerar que la Lomce invade competencias transferidas a los territorios, y en el caso de Andalucía, Asturias y Canarias también se incide en el tratamiento de la religión en las escuelas.

Particular es el caso de los recursos de la Generalidad y el Parlamento autonómico de Cataluña, que se centran en la lengua. Así, estos recursos argumentan que la normativa atenta contra el modelo de inmersión lingüística sólo en catalán. Un modelo, por otra parte, que ha sido desmontado por la justicia, en forma de repetidas sentencias -que recoge y aplica la ley Wert- y resoluciones que obligan a la Generalidad a impartir las clases con el castellano también como lengua vehicular.

Las más determinantes de estas decisiones judiciales han sido cinco resoluciones de finales de enero del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en las que este ordena a la Generalidad ofrecer a otros tantos alumnos al menos un 25% de las clases en castellano para hacer efectivo el derecho reconocido en múltiples sentencias que tienen los escolares catalanes a recibir parte de su educación en esta lengua.