El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha decidido suspender temporalmente la aplicación de una de las sentencias emitidas en enero pasado en las que ordenaba a cinco centros educativos impartir, al menos, el 25% de las horas lectivas en castellano.
Según ha informado la Fundació Escola Cristiana de Catalunya, a la que que pertenecen cuatro de los cinco colegios afectados (en concreto, las cuatro escuelas concertadas, mientras que la quinta es de titularidad pública), esta decisión cautelar había sido reclamada por esta entidad, por las AMPA y por la Generalidad hasta que se resuelvan los recursos que habían presentado, después de que el TSJC les hubiese dado el plazo de un mes para cumplir los autos.
El colegio en cuestión es el Sant Bonaventura Franciscans, de Vilanova i la Geltrú (Barcelona). En este sentido, el secretario general adjunto de la Fundació Escola Cristiana, Carles Armengol, ha considerado que la decisión del TSJC "da una seguridad jurídica a lo que ya están haciendo las escuelas, que es no cambiar el régimen lingüístico" de inmersión obligatoria exclusivamente en catalán.
"Creo que esto no se ha de interpretar en el sentido de que el tribunal pueda variar un poco sus tesis, pero confiamos en que nuestros recursos introduzcan nuevos elementos en el proceso y esperamos que el tribunal los tenga en cuenta", ha añadido, y se ha mostrado confiando en que esta misma suspensión cautelar se extienda a los otros cuatro colegios.
Es la primera vez que se establece un porcentaje mínimo de español
Las resoluciones dictadas en enero por el TSJC establecen que el catalán debe ser considerado como el "centro de gravedad" del sistema educativo, pero fija una presencia mínima del español como lengua vehicular en una cuarta parte de las horas lectivas.
Y especifican que se deberán impartir en castellano "además del área, materia o asignatura lingüística correspondiente a su aprendizaje, cuanto menos otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análoga".
Esta ha sido la primera vez que un tribunal garantiza un porcentaje mínimo de uso de una lengua en Cataluña. Hasta ahora, el TSJC había ordenado a la Generalidad que, si los padres lo reclamaban, adoptara "cuantas medidas sean precisas" para adaptar el sistema de enseñanza lingüística a la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) sobre el Estatuto, que consideró también al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán, en base a otras sentencias previas del TC.