Política

El Tribunal Constitucional desestima el recurso de la Generalidad contra la tercera hora de castellano en primaria

Las escuelas de Cataluña deberán dedicar tres de las 25 horas semanales, esto es, un 12% del total, a Literatura y Lengua españolas. El Alto tribunal rechaza el argumento de la Generalidad -que nunca aplicó el decreto desde su entrada en vigor en 2007- que defendía que se trataba de una invasión competencial por parte del Gobierno.

13 marzo, 2014 20:52

El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado íntegramente el conflicto de competencia planteado por la Generalidad en 2007 contra el decreto del Gobierno que estableció la tercera hora de castellano en la enseñanza primaria.

El decreto ordenaba que tres de las 25 horas lectivas semanales (es decir, un 12% del total) debían impartirse en español a través de las asignaturas de lengua y literatura castellanas.

La Generalidad alegó entoces que el decreto impugnado excedía el ámbito competencial del Gobierno al fijar la cantidad y la forma en que debía calcularse ese porcentaje.

Sin embargo, el TC se remite a otras sentencias sobre esta cuestión y recuerda "el deber constitucional de asegurar el conocimiento tanto del castellano como de la lengua propia de la Comunidad", de forma que la regulación de unos horarios mínimos que no permita la enseñanza oficial en ambas lenguas incumpliría esa obligación.

El decreto no invade competencias de la Generalidad

Además, añade el TC, el decreto impugnado no impide a la Generalidad cumplir con su deber de garantizar adecuadamente el conocimiento del catalán, dado que establece un horario mínimo para la enseñanza de esa lengua, y tampoco del castellano.

"La Comunidad Autónoma puede decidir, a la hora de diseñar el currículo, si imparte conjuntamente las estructuras comunes en las dos lenguas, la lengua en que las imparte y, finalmente, en el caso de que se opte por la enseñanza de esas estructuras comunes en lengua distinta de la castellana si lo que resta hasta alcanzar el mínimo de horas exigidas se asignan al área lengua castellana y literatura o a cualquier otra, siempre que se impartan en castellano", señala la sentencia para explicar el margen que tiene la Generalidad.

El TC también ha rechazado el resto de alegaciones incluidas en el recurso de la Generalidad, que denunciaba una supuesta invasión de sus competencias en la regulación de la lectura en educación primaria, en la determinación de las medidas de atención a la diversidad y las funciones que corresponden al tutor en la educación primaria.

Convivencia Cívica Catalana insta a cumplir con el bilingüismo escolar

Convivencia Cívica Catalana, una de las entidades más beligerantes en defensa del bilingüismo escolar, se ha felicitado por el contenido de la sentencia porque "garantiza una mínima presencia de la lengua española, aunque en una proporción siete veces inferior a la presencia horaria del catalán, que ocupa la práctica totalidad del resto del horario lectivo".

Reconoce que esta decisión del TC "constituye un paso adelante hacia el bilingüismo del sistema", aunque considera que lo hace de forma "insuficiente" ya que "está muy alejado del trato equitativo (50%/50%) de nuestras dos lenguas por lo que debe complementarse con otras medidas por parte del Gobierno autonómico para implantar un auténtico sistema bilingüe en Cataluña".

Por ello, la entidad insta a la Generalidad a acatar, no solo esta, sino todas la sentencias que han declarado ilegal el actual sistema de inmersión lingüística escolar obligatorio exclusivamente en catalán y adaptarlo a "la realidad bilingüe de nuestra sociedad".