A partir del próximo enero los trabajadores por cuenta ajena verán modificado el sistema de cotización a la Seguridad Social con el objetivo de mejorar su jubilación. Tras meses de debate y un trabajo de dos años, a finales de julio se pudo aprobar el decreto ley que reforma el sistema gracias a la colaboración de casi todo el mundo, un cambio que deberá ser convalidado por el Congreso el jueves próximo.
Era una cuestión que el país tenía pendiente desde muy atrás. El universo de los pequeños empresarios es sumamente complejo desde cualquier punto de vista, sobre todo en su relación (contribución) con el Estado del bienestar.
La media de la pensión de un autónomo está en 835 euros, frente a los 1.404 del régimen general; o sea, un 40% menos. Esa enorme diferencia no responde a la distancia entre los ingresos de un trabajador por cuenta ajena y uno por cuenta propia. De hecho, manifestaciones de poder adquisitivo como los automóviles de gama alta o las segundas residencias más caras tienen que ver en su mayoría con personas que son sus propios jefes.
Pero el 84% de esos empresarios cotiza por el mínimo que autoriza la ley --294 euros al mes en este momento--, mientras que quien pertenece a una plantilla tiene que hacerlo por su base de cotización, un concepto parecido al sueldo.
Una situación anómala que la Unión Europea ha pedido a España que corrija antes de obtener la financiación de los planes de recuperación. La lógica resistencia de los afectados recordaba a la que presentaron sus antecesores con motivo de la implantación hace casi 40 años de los módulos, un sistema de tributación hipersimplificado con el que Hacienda trataba pacientemente de aflorar la economía sumergida de actividades como la restauración, el pequeño comercio o el transporte, taxi incluido.
Una paciencia como la que ha empleado ahora el ministro de la Seguridad Social, José Luis Escrivá, para convencer a los autónomos de que un día, a partir de 2032, deberán contribuir a su jubilación futura con una aportación que guarde relación directa con sus ingresos, como hacen los demás trabajadores. De momento, quien declare un rendimiento neto de 6.000 euros al mes cotizará por un mínimo de 500, lo que no constituye precisamente un abuso, sino un trato de favor. Baste saber que la cotización de un empleado con esa retribución mensual es de 1.171 euros.
Ahora que ha pasado la polémica y las palabras subidas de tono con que se abordó la reforma quizá conviene recordar algunas obviedades. La cuota “mínima” no es obligatoria ni debería ser la mayoritaria, da derecho a una pensión también “mínima” y es el punto de partida para una pensión de viudedad bajísima motivo de escándalo. Cada autónomo puede decidir por cuánto cotiza, pero en el futuro tendrá menos libertad y deberá contribuir como el resto de los cotizantes. En definitiva, se trata de acabar con una anomalía.