La cuesta de enero está siendo durísima para ERC. Al pesimismo creciente sobre la posibilidad de aprobar los presupuestos, se añade el esquizofrénico papel que jugará en la cumbre hispano-francesa de mañana en Barcelona, con Pere Aragonès de asistente y Oriol Junqueras de manifestante. ERC no puede estar en misa y repicando, aunque con esa protesta el conjunto del independentismo solo hará que refrendar la rotundidad de su derrota. Lo peor es el sorpresón que los republicanos se han llevado con la chapuza de la reforma del Código Penal. Se les ha helado la sangre, fíjense en el clamoroso silencio de su portavoz en Madrid, Gabriel Rufián, que todavía no ha dicho ni mu.
El Gobierno cedió a la presión de ERC y los comunes para diferenciar entre malversación agravada, con ánimo de lucro, y atenuada. Pues bien, la jurisprudencia sólidamente establecida por el Tribunal Supremo no avala esa diferenciación. El razonamiento del juez Pablo Llarena con la causa contra Carles Puigdemont ha sorprendido porque el clima político y mediático nos había hecho creer a muchos analistas que la rebaja de la malversación era viable, al margen de que nos pareciera bien o mal políticamente. Pues resulta que no. Tras el auto de Llarena, otros juristas de reconocido prestigio han remachado que esa es la interpretación que con toda probabilidad ratificará el Supremo. El ánimo de lucro no exige enriquecimiento personal, sino que es suficiente con que el acusado haya actuado para obtener cualquier tipo de beneficio no patrimonial. Si el dinero se utiliza para beneficiar a una idea, causa política o un partido ya existe un lucro. Además, como ha explicado el penalista José María de Pablo en un excelente hilo en Twitter, “nunca se podría aplicar a los líderes del procés el nuevo art. 433 (la malversación rebajada ideada por el Gobierno y sus socios para el procés) porque no parece que un proceso de secesión ilegal pueda considerarse una aplicación pública”.
La chapuza legislativa es monumental y, cuando se confirme, supondrá que las decenas de cargos de republicanos y exconvergentes con juicio pendiente por la organización del referéndum del 1-O podrían acabar en la cárcel por malversación con penas de prisión de entre 4 a 8 años y de inhabilitación absoluta por un tiempo de 10 a 20 años. Para Junqueras y los otros condenados, su pena tampoco va a revisarse porque, aunque haya desaparecido el delito de sedición, la malversación del artículo 432 comporta un tiempo de inhabilitación superior que la de desórdenes públicos agravados. Lo más probable es que el Supremo acuerde aplicar la norma más beneficiosa para el reo, que es la anterior. El varapalo para los promotores de la reforma penal es monumental. De nuevo se evidencia que las prisas son malas consejeras, como ya ocurrió con la ley del solo sí es sí.
El Gobierno de Pedro Sánchez queda en muy mal lugar, aunque suerte tiene de que Vox acuda al rescate mediático con sus bochornosas propuestas antiabortistas, que también generan contradicción en la línea política del PP. Las culpas del entuerto jurídico recaen en la figura del ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, que acumula muchos errores en la gestión de la agenda catalana. La última fue mezclar el fin del procés con la cumbre en Barcelona, unas declaraciones con las que pretendía en realidad justificar de cara al desconcertado votante socialista las muchas concesiones a ERC. Lo peor es que una vez pagado el coste electoral, la rebaja de la malversación no es posible. A los republicanos se les hiela la sangre, y dudan de si han sido engañados o son todos unos idiotas.