Instalación de placas solares en un tejado (imagen generada por IA)

Instalación de placas solares en un tejado (imagen generada por IA) MAGNIFIC

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Confirmado por el BOE: puedes poner placas solares en tu comunidad sin la aprobación de todos los vecinos, según la Ley de Propiedad Horizontal

El adiós a la unanimidad vecinal para abaratar la luz tras confirmarse los requisitos legales para poner placas solares en el edificio sin la aprobación de todos los vecinos

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Con el precio de la luz por las nubes, cada vez más personas miran al tejado de su edificio pensando en el alivio que supondría poner placas solares en el edificio.

Hasta hace poco, iniciar este proyecto en un bloque de pisos era un auténtico dolor de cabeza porque se pensaba que todos los propietarios debían estar de acuerdo. Por suerte, la normativa actual en España deja muy claro que ya no hace falta que todos los vecinos digan que sí para dar el paso hacia el autoconsumo.

La legislación se ha adaptado para que la transición energética avance y para evitar que un grupo pequeño de propietarios o el típico vecino que se opone a todo puedan bloquear una mejora que beneficia al planeta y al bolsillo de todos.

Las mayorías legales necesarias

El ordenamiento jurídico regula este tipo de votaciones a través del conocido artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal.

Para dar luz verde definitiva al proyecto de poner placas solares en el edificio, la comunidad ya no necesita la unanimidad, sino que le basta con el respaldo de un tercio de los propietarios.

Este grupo que vota a favor debe representar, además, un tercio de las cuotas de participación de la finca en la reunión correspondiente. Olvidarse de la obligación de conseguir que el cien por cien de los vecinos firme el acuerdo agiliza la toma de decisiones y evita reuniones y discusiones eternas.

El reparto de costes

Una de las dudas más frecuentes en las juntas de vecinos es qué pasa con el dinero de la derrama si alguien no apoya la decisión de poner placas solares en el edificio.

La ley es muy justa en este aspecto: los propietarios que voten en contra o no estén de acuerdo con la instalación quedan totalmente exentos de pagar la instalación.

El coste de la inversión inicial y los gastos de mantenimiento que surjan después se repartirán única y exclusivamente entre los vecinos que hayan decidido sumarse.

Los que prefieran quedarse al margen seguirán pagando sus recibos de la luz habituales a su compañía, sin sufrir ningún recargo por las obras de los paneles.

El derecho de enganche

Es muy habitual que los vecinos más desconfiados prefieran esperar a ver si los paneles funcionan de verdad antes de poner su dinero.

La legislación ha pensado en ellos y otorga un derecho permanente para que cualquier propietario pueda cambiar de opción y engancharse al autoconsumo comunitario cuando lo desee.

Eso sí, para poder conectarse al sistema en el futuro, el vecino interesado tendrá que pagar la parte que le habría tocado aportar en la derrama.

Qué puedes hacer ahora

Si quieres empezar a ahorrar y te interesa esta tecnología, pídele por escrito al presidente de tu comunidad que incluya la instalación de paneles solares en el orden del día de la próxima junta.

Habla con una empresa especializada para que haga un estudio de viabilidad gratuito, compruebe la orientación del tejado y os dé un presupuesto estimado.

Presenta a tus vecinos un plan sencillo donde vean cuánto van a pagar, cuánto van a ahorrar al mes y en cuántos años habréis amortizado los paneles para lograr ese tercio de votos que necesitas.