Negocios de hostelería en Barcelona / EP

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Confirmado: el orden obligatorio que debe seguir tu empresa para volver a llamarte si eres fijo discontinuo según el Estatuto de los Trabajadores

El aviso legal sobre el contrato de tipo fijo discontinuo que te protege si tu empresa reanuda las operaciones sin notificarte

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La normativa laboral española deja muy claro que las empresas no pueden actuar a su antojo cuando arranca una nueva temporada. Las compañías de sectores como la hostelería, el turismo o la agricultura están obligadas a reincorporar a sus plantillas a todos los trabajadores fijo discontinuo de forma ordenada.

De esta forma, la ley protege la estabilidad de los trabajadores y evita que sufran discriminaciones o favoritismos cuando el negocio vuelve a ponerse en marcha.

La obligación del llamamiento

El acto de avisar al empleado cuando se reactiva la actividad de la temporada es el pilar fundamental del contrato fijo discontinuo. Las empresas no tienen manga ancha para decidir de forma unilateral cuándo o cómo recuperan a sus operarios.

El artículo 16.2 y. 3 del Estatuto de los Trabajadores determina que esta reanudación de las tareas no es un favor que hace la dirección, sino un deber ineludible.

Cada vez que arranca un nuevo ciclo de producción o una campaña comercial, los puestos de siempre deben cubrirse prioritariamente con este personal que ya está en plantilla.

Los criterios del orden

Para organizar el regreso de la plantilla, los jefes no pueden improvisar las condiciones según les convenga.

El orden exacto de incorporación debe estar detallado dentro del convenio colectivo de tu sector o en los acuerdos firmados con la dirección, basándose siempre en criterios objetivos como la antigüedad en la empresa y el grupo profesional.

Estos baremos regulan de forma estricta tanto la entrada como la salida de los empleados. La normativa contempla que, en actividades ligadas a la temporada como en las estaciones de esquí, la apertura y el cierre de las instalaciones se realiza de manera progresiva, por lo que las bajas de los contratos deben seguir el mismo orden.

Además, los convenios sectoriales tienen la potestad de regular cómo debe reaccionar el empleado tras recibir el aviso o fijar los plazos para que la empresa comunique el fin de la campaña.

Del mismo modo, las administraciones sectoriales pueden establecer por ley un periodo mínimo de llamamiento anual para garantizar unos meses de actividad mínimos a la plantilla.

Por su parte, el Estatuto de los Trabajadores exige a las corporaciones una previsión a largo plazo para evitar la total incertidumbre del trabajador en su puesto.

Al inicio de cada año natural, la empresa tiene la obligación de entregar a los representantes sindicales un calendario con las estimaciones de llamamientos anuales o semestrales, notificando además cada alta efectiva en cuanto se produzca.

Finalmente, la legislación impone a las compañías el deber de mantener informados a todos sus trabajadores en campaña sobre las plazas vacantes que surjan de carácter fijo ordinario. Esta medida busca favorecer la estabilidad laboral y permite que los operarios soliciten dar el salto a un contrato indefinido común.

Qué puedes hacer ahora

Si tienes un contrato de tipo fijo discontinuo y ves que la temporada de tu sector ya está en marcha, busca una copia del convenio colectivo que te corresponde. Revisa detenidamente el apartado dedicado a los llamamientos para comprobar qué criterios de antigüedad o turnos te tocan en esta campaña.

Si descubres que la actividad ya se ha reanudado y han metido a gente con menos tiempo que tú, ponte en contacto con tus representantes sindicales para iniciar los trámites y reclamar tus derechos.