El bloque denunciado por los vecinos y comerciantes

El bloque denunciado por los vecinos y comerciantes Cedida

+Economía

Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: el propietario de un bajo o local está obligado a pagar las derramas del ascensor aunque no lo utilice

¿Estás obligado a pagar o existe alguna excepción en los estatutos? Descubre cómo evitar conflictos legales y qué dice la normativa sobre tu caso particular.

Hacienda marca las normas: los propietarios que adquirieron su vivienda antes de 2013 se deducirán un 15 %

Llegir en Català
Publicada
Actualizada

Noticias relacionadas

La normativa vigente y la jurisprudencia del Tribunal Supremo han zanjado una de las polémicas más comunes en las juntas de vecinos. Los propietarios de bajos y locales comerciales deben contribuir al pago de la instalación y sustitución del ascensor, independientemente de su uso real.

El mantenimiento y la mejora de los elementos comunes suelen generar fricciones, especialmente cuando se trata de servicios que algunos vecinos no utilizan. Sin embargo, la respuesta a la pregunta ¿los locales deben pagar gastos de ascensor? es, de forma general, según el marco legal actual.

¿Por qué los locales comerciales deben pagar estos gastos?

La clave reside en la naturaleza del gasto: el ascensor no es solo un servicio de transporte, sino un elemento común esencial que garantiza la habitabilidad. Su presencia o mejora revaloriza todo el inmueble, incluyendo los locales situados a pie de calle.

El Tribunal Supremo ha confirmado en numerosas sentencias que el no uso de un elemento común no exime del pago. La obligación nace de la titularidad del inmueble, no del uso efectivo del ascensor.

La Ley de Propiedad Horizontal establece que todos los copropietarios deben contribuir según su coeficiente de participación. Por tanto, no utilizar el servicio no exime de la obligación de costear su instalación a cota cero o su mantenimiento extraordinario.

¿Qué ocurre con la instalación a cota cero?

Uno de los puntos de mayor conflicto ocurre cuando se decide la instalación a cota cero, eliminando barreras arquitectónicas en el portal. En estos casos, la ley es especialmente estricta para garantizar la accesibilidad universal en el edificio.

Si te preguntas si los locales comerciales deben pagar cuando se instala un ascensor en la comunidad, la respuesta es sí, siempre que la obra sea necesaria para eliminar barreras arquitectónicas. Esta mejora se considera una inversión en el patrimonio común que beneficia a la estructura total de la finca.

Excepciones: ¿Cuándo puede librarse un local de pagar?

A pesar de la norma general, existen situaciones muy concretas donde el propietario de un local podría quedar exento. Para que esto ocurra, la liberación debe estar documentada y aprobada por la comunidad:

  • Estatutos de la comunidad: si el documento fundacional exime expresamente a los locales de los gastos de conservación del ascensor.
  • Acuerdo por unanimidad: que la junta de propietarios apruebe, con el voto de todos, que ciertos locales no participen en el pago.
  • Diferenciación entre gastos: a veces se exime del mantenimiento ordinario (luz, revisiones), pero no de la sustitución o instalación nueva.

Es vital revisar las escrituras antes de impugnar, ya que los gastos de ascensor en locales comerciales suelen ser obligatorios si los estatutos guardan silencio al respecto.

Pasos para actuar ante una nueva derrama

Si eres dueño de un local y la comunidad aprueba una derrama para el ascensor, el primer paso es solicitar el acta para confirmar que la mayoría de los vecinos estuvo de acuerdo con la decisión.

Es fundamental consultar los estatutos del edificio para verificar si existe alguna cláusula que libere a los bajos o locales comerciales de este tipo de gastos.

También debes analizar si el desembolso es por mantenimiento o por una obra de accesibilidad obligatoria, ya que esto determina tu obligación legal de pago.

Recuerda que la falta de uso no es un argumento válido para evitar la derrama; la obligación nace de tu coeficiente de propiedad en el edificio, no de si usas el servicio.

En conclusión, la transparencia en la gestión es clave para evitar conflictos. Estar bien asesorado te permitirá saber si tu local cuenta con una excepción real o debe pagar.