La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz A. Pérez Meca Europa Press

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El Gobierno cambia las normas: los españoles que viven con sus padres y cobran menos de 733 euros pueden cobrar el Ingreso Mínimo Vital

El Gobierno ha modificado las condiciones del IMV para permitir que personas que conviven con sus progenitores puedan cobrar la prestación de forma individual, siempre que no estén integradas en la misma unidad de convivencia

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En España, el Ingreso Mínimo Vital (IMV) llega actualmente a 776.924 hogares en los que viven 2.369.979 personas, incluyendo 132.256 hogares monoparentales (el 17% del total). En Cataluña, la prestación ha alcanzado a 87.062 hogares el último mes, de los cuales 14.682 son monoparentales.

Este contexto ayuda a entender el impacto de los cambios introducidos por el Gobierno, que amplían el acceso a la ayuda, especialmente para personas con bajos ingresos que aún viven con sus padres.

El Gobierno ha modificado las condiciones del IMV para permitir que personas que conviven con sus progenitores puedan cobrar la prestación de forma individual, siempre que no estén integradas en la misma unidad de convivencia.

En concreto, podrán beneficiarse quienes tengan al menos 23 años, no estén casados (salvo en proceso de separación o divorcio), no tengan pareja de hecho y no formen parte de otra unidad de convivencia.

Además, se establecen requisitos específicos según la edad. Las personas entre 23 y 29 años deberán haber residido legalmente en España y haber vivido de forma independiente durante al menos dos años antes de la solicitud, demostrando además actividad laboral durante al menos doce meses en ese periodo.

Este requisito puede flexibilizarse en casos como víctimas de violencia de género o personas en proceso de separación. Por su parte, quienes tengan más de 30 años deberán acreditar que su domicilio ha sido distinto al de sus padres durante el año previo, salvo excepciones como el fallecimiento de estos.

También pueden acceder al IMV otros colectivos vulnerables, como mujeres víctimas de violencia de género o de trata, jóvenes de entre 18 y 22 años procedentes de centros de protección de menores, personas huérfanas que vivan solas o personas sin hogar.

Sin embargo, quedan excluidas, con carácter general, aquellas personas que residan de forma permanente en centros de carácter social, sanitario o sociosanitario, salvo excepciones relacionadas con situaciones de especial vulnerabilidad.

Para poder cobrar la prestación, es imprescindible cumplir con el requisito de vulnerabilidad económica. Esto se determina cuando los ingresos medios mensuales del año anterior son al menos 10 euros inferiores a la cuantía garantizada por el IMV.

En el caso de un beneficiario individual, el umbral se sitúa en 733,6 euros mensuales en 2026, cantidad que puede incrementarse en un 22% si la persona tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

En definitiva, el cambio normativo abre la puerta a que más personas con ingresos bajos —incluso si siguen viviendo con sus padres— puedan acceder al Ingreso Mínimo Vital, siempre que cumplan los requisitos de independencia administrativa y vulnerabilidad económica establecidos por la Seguridad Social.