Juan Madridejos, de JLA Notaría / Cedida

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Juan Madridejos, sobre las donaciones de padres a hijos: “Si se trata para una vivienda, los primeros 60.000 euros tienen doble bonificación”

Las donaciones están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya cuantía depende de cada comunidad autónoma

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Los padres siempre están para ayudar a sus hijos, pero no siempre es tan fácil como parece. Pues hay mil maneras de hacerlo y algunas salen más beneficiados.

El artículo 618 del Código civil define la donación diciendo que “es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta”.

En términos similares, el artículo 531.7 del Código civil de Cataluña lo recoge como “el acto por el que los donantes disponen a título gratuito de un bien a favor de los donatarios, los cuales lo adquieren si lo aceptan en vida de aquellos”.

Sin embargo, uno de los casos más frecuentes de donaciones es para que los descendientes puedan acceder a una vivienda habitual. El Notario de Barcelona en la Notaría JLA, Juan Madridejos, ha profundizado en una conversación con Crónica Global, las claves que pueden facilitar esta operación.

Como explica Madridejos, las donaciones están sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya cuantía depende de cada comunidad autónoma. En Cataluña, los beneficios fiscales son mayores cuando la ayuda procede de padres a hijos y se destina a la compra de la primera vivienda habitual.

En este sentido, el notario detalla que el tipo impositivo aplicado “de padres a hijos es inferior al del resto”. Además, si la donación se destina a la adquisición de la primera vivienda habitual, cuenta con “un tipo todavía más bonificado”.

Concretamente, los primeros 60.000 euros recibidos “tienen derecho a una doble bonificación: por tratarse de una donación de padres a hijos y por destinarse a la compra de una vivienda habitual”.

Cualquier cantidad que los padres donen por encima de esos 60.000 euros mantendrá “solo la bonificación de padres a hijos”. Aunque siempre es necesario calcular y abonar ciertos impuestos, “se paga menos que si la donación se realizara a una persona que no fuera el hijo”.

En definitiva, aunque el elevado precio de la vivienda continúa siendo una barrera importante para los jóvenes, las ventajas fiscales y la financiación bancaria favorable pueden convertirse en aliados a la hora de afrontar la compra.

Por ello, conocer las opciones legales disponibles y planificar adecuadamente las donaciones familiares permite optimizar los recursos y reducir la carga fiscal, facilitando así el acceso a la primera vivienda en un contexto económico complejo.