La Audiencia de Sevilla ha cerrado la pieza separada para la búsqueda del cuerpo de Marta del Castillo, que estaba abierta desde 2009, al considerar que el plazo para la investigación ha caducado sin que haya habido ninguna prórroga, de acuerdo con el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La Audiencia desestima el recurso de apelación de la familia de Marta del Castillo contra la decisión del juez de Instrucción número 4 que autorizó extraer solo los datos crudos de los teléfonos móviles de Miguel Carcaño --autor confeso del crimen-- y de la víctima, y no del resto de implicados en el caso. La familia de Marta del Castillo pidió que permitiera analizar los teléfonos del hermano de Carcaño y del Cuco.

Datos telefónicos

La justicia ha cerrado la pieza separada al considerar que el plazo para la investigación ha caducado, sin que se haya habido ninguna prórroga, de acuerdo con el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Así figura en sendos autos emitidos el pasado 21 de septiembre y el pasado 26 de octubre por el Juzgado de Instrucción número cuatro y la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, respectivamente.

La Audiencia, más al detalle, desestima el recurso de apelación de la familia de la víctima, contra la decisión del juez de Instrucción número 4 que autorizó, en febrero de este año, a un perito a acceder a los "datos telefónicos crudos" de los teléfonos móviles con los que contaban a la fecha de los hechos de Miguel Carcaño y Marta del Castillo; excluyendo de dicha medida "el resto de terminales telefónicos".

Sin prórroga

Con el "resto" de móviles hace alusión a otras personas juzgadas por el crimen, como el hermano de Carcaño, Francisco Javier Delgado, su novia María García, el amigo de Carcaño Samuel Benítez o el joven Francisco Javier García, conocido como El Cuco. La familia de Marta del Castillo pidió a la Audiencia de Sevilla que permitiera analizar los teléfonos del hermano de Carcaño y del Cuco.

En ese sentido, la Audiencia no admite las pretensiones de la familia "al ser de aplicación la nueva doctrina del Tribunal Supremo, establecida en la sentencia de fecha 27 de mayo de 2021, que considera precluido el plazo de investigación establecido en el art. 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal sin que previamente se hubiera acordado su prórroga, al no haber sido interesado por las acusaciones dicho pronunciamiento".

Acusaciones

La Audiencia considera que esta premisa se da en estas diligencias "por cuanto se incoaron en virtud de providencia de 9 de noviembre de 2009, en la que se acordó la formación de pieza separada para continuar las gestiones de búsqueda del cuerpo de Marta, sin que con posterioridad se haya distado resolución de prórroga del plazo de instrucción establecido en el artículo 324 de la Ley de enjuiciamiento criminal y siendo firme la sentencia dictada el 29 de enero de 2013 por el Supremo resolviendo el recurso de casación contra la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Audiencia en la pieza principal de estas actuaciones".

Además, recuerda que es "firme" el sobreseimiento de las diligencias abiertas en 2013 tras la séptima versión facilitada por Miguel Carcaño, en la que acusaba a su hermano Javier Delgado de la muerte de Marta del Castillo. La Audiencia declara "concluida la fase de instrucción dado el tiempo de duración de la investigación de este procedimiento", en concreto "12 años, once meses y 17 días", que impiden "tener en cuenta las actuaciones acordadas una vez terminado el plazo de instrucción, conforme a la doctrina jurisprudencial, sin que resulte actuación delictiva alguna ajena a la que fue objeto de enjuiciamiento en la pieza matriz".