Un perro y un gato, las mascotas más comunes en los hogares de España / CG

Un perro y un gato, las mascotas más comunes en los hogares de España / CG

Curiosidades

¿Qué pasa con una mascota si muere su dueño?

La inminente reforma de la ley sobre el bienestar animal modifica ciertas maneras de actuar en caso de muerte o divorcio, muy similares a las de los humanos

8 mayo, 2021 18:23

El Congreso de los Diputados aprobó el pasado mes de abril la toma en consideración de una proposición de ley sobre el bienestar animal. Una reforma que se debate desde el año 2017, y que muy pronto provocará que los animales domésticos dejen de ser "bienes muebles" para pasar a ser considerados "seres vivos dotados de sensibilidad".

Este cambio afectará al Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil por lo que respecta al régimen jurídico de los animales e impedirá, entre otras cosas, que las mascotas sean embargadas en caso de que su dueño tenga deudas. Pero, ¿qué pasará ahora cuando los propietarios mueran?

Cambia el plan de actuación

Hasta ahora, que los animales eran considerados "bienes muebles", "las administraciones públicas buscan en el entorno familiar un responsable que se haga cargo. Y solo en caso de no encontrarlo, son enviados a un centro de acogida”, cuenta el abogado Abel Marín, socio de Marín & Mateo Abogados.

El también autor del libro Protege tu herencia señala que la nueva reforma insta a los propietarios a su cuidado y bienestar, pero no establece ninguna regulación adicional al respecto. Por ello, se seguirán considerando "bienes muebles" a los que no tengan dueño, y ahora resultará básico prever esta situación en vida y reflejarlo en el testamento: "Realizar la búsqueda de la persona responsable forma parte de la responsabilidad adquirida de adoptar un animal, por lo que incluir este punto en el testamento facilitará el trámite, y el duelo, de nuestra mascota”, asegura Marín.

Como un hijo ante la justicia

La reforma también propone cambios en casos de divorcio, siendo un juez en última instancia el que decidirá la custodia de las mascotas y el régimen de visitas para el cónyuge no beneficiario. Una situación que no tendrá en cuenta la titularidad dominical, solo el bienestar del animal.

Además, el cambio de ley también prevé los gastos y cargas asociados al cuidado del animal, si fuera necesario: "Esta reforma es un paso más en la dirección de adecuar la ley al modo como la sociedad vive la tenencia de animales de compañía en los hogares, más como acompañantes de vida que como mascotas al uso", analiza el letrado.

Un cambio que viene de lejos

La proposición de ley se acordó por unanimidad en la Cámara Baja el pasado 2017, propuesta por el PP, pero el adelanto electoral de 2019 frenó la reforma en pleno debate. Esta vez, pese a que el mismo partido volvió a registrarla, aún no la había llevado al pleno.

Se adelantaron los responsables del actual gobierno, formado por PSOE y Unidas Podemos, quienes la registraron recientemente con la intención que sumar a España a la lista de países europeos que ya cuentan con legislación respecto el régimen jurídico de los animales. Una situación que ya tienen países como Austria o Alemania, pioneros en sus regulaciones --datan de 1988 y 1990, respectivamente--.