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¡Cuidado! Esta es la multa que te puede poner la DGT en Cataluña

Si adelantas circulando por encima de los máximos de velocidad te puede suponer una multa de hasta 600 euros y la pérdida de 6 puntos

24 enero, 2024 13:42

La DGT es cada vez más estricta con los límites de velocidad. La ley de tráfico es clara: se acabó aquello de tener un margen prudencial para adelantar en carretera. Las multas, siempre en función de la velocidad, puede ascender hasta los 600 euros y la pérdida de 6 puntos.

Los 20 km/h adicionales ya son historia. Y los radares endurecen sus márgenes. Actualmente, en Cataluña y el resto de España tenemos un total de 1.300 dispositivos repartidos entre fijos y móviles, por lo que el control es casi absoluto en las carreteras.

Un radar como el que capturó el exceso de velocidad del detenido / DGT

Un radar como el que capturó el exceso de velocidad del detenido / DGT

La regla 5 y 7 han supuesto un cierto marco alegal para muchos conductores, pero ha habido un ajuste por parte del Estado y ya no se podrán evitar las sanciones económicas. De hecho, el margen del límite de velocidad era más por la inexactitud del radar que por la normativa en sí.

Hasta el momento, por debajo de los 100 km/h existía un margen de 5 kilómetros para los fijos y 7 kilómetros para los dispositivos instalados en vehículo, pero por encima de estos 100 km/h el margen se relaciona con el 7%: si estás en una vía de 120 km/h, el radar hace la foto si pasas sobre los 128,4 km/h o más.

 

Este es el desglose de sanciones

Las sanciones económicas son una de las formas más tradicionales de sancionar a cualquier conductor. Pero en función de la gravedad, también puede acarrear cierta pérdida de puntos en el permiso de circulación.

Si un vehículo adelanta a otro en las siguientes velocidades, ¿qué ocurriría? Te desglosamos todas las sanciones económicas y administrativas que imponen desde Tráfico a la hora de filtrar los casos: 

  • A 91-120 km/h: 100 euros y sin pérdida de puntos
  • A 121-140 km/h: 300 euros y 2 puntos
  • A 141-50 km/h: 400 euros y 4 puntos
  • A 151-160 km/h: 500 euros y 6 puntos
  • A 161 km/h en adelante: 600 euros y 6 puntos