Sede del Banco Central Europeo (BCE), en Francfort

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El Parlamento Europeo aprueba la "unión bancaria"

En la última sesión plenaria de la legislatura, los eurodiputados han dado luz verde a una estructura cuyo propósito es prevenir en el futuro que las deudas de los bancos se transfieran a la deuda pública de los países donde operan, como ha ocurrido en los casos de Portugal, Irlanda, Chipre, Grecia o España.

16 abril, 2014 10:27

El Parlamento Europeo ha ratificado, con 570 votos a favor, 88 en contra y 13 abstenciones, la creación de un mecanismo de resolución para casos de bancos con problemas financieros y de un fondo común de garantía de depósitos, dos nuevas normas que cierran el primer paso en el proceso de edificación de la llamada "unión bancaria". 

En la última sesión plenaria de la legislatura, los eurodiputados han dado luz verde a una estructura cuyo propósito es prevenir en el futuro que las deudas de los bancos se transfieran a la deuda pública de los países donde operan, como ha ocurrido en los casos de Portugal, Irlanda, Chipre, Grecia o España.

De igual modo, la nueva directiva, que empezará a rodar a partir del 1 de enero de 2016, fijará el reparto de cargas en esos procesos de resolución, procurando de este modo evitar la fragmentación del sistema bancario de la eurozona, como hasta ahora es el caso, en tanto que empresas y particulares con una misma moneda tienen diferentes costes de financiación según el país de residencia. Pese a ello, nace con importantes límites impuestos por un grupo de países liderados por Alemania.

Una legislación "farragosa"

En solo veinte meses, el Parlamento Europeo ha puesto en marcha esta compleja arquitectura legal -compuesta de 41 normativas distintas- que afecta a poderosos intereses económico-políticos y que tiene en su base evitar que los contribuyentes paguen eventuales quiebras bancarias.

No obstante, entre las carencias más destacadas -a instancias de la presión alemana- está el hecho de que el fondo de garantías de depósitos, y pese a cierta homogeneización en las normas de constitución y funcionamiento, no contará de hecho con un "fondo común", sino que será dispuesto en cada caso por cada Estado miembro.

La puesta en común adolece asimismo de una ingeniería legal que dificulta la toma de decisiones. Un diseño que cuenta con 41 normativas complejas vuelve farragoso y controvertido el mecanismo para resolver en qué condiciones deberá reestructurarse una entidad financiera o si, llegado el caso, debe liquidarse.

Si bien es cierto que las negociaciones entre el Parlamento Europeo y los Estados se han saldado con el compromiso de adoptar una decisión al respecto en tan solo un fin de semana -para evitar estragos en la propia entidad y en el país de origen- lo cierto es que en los mecanismos de decisión estarán implicados varios órganos constituidos por más de cien representantes de diversos organismos, desde la Comisión Europea, a las dos configuraciones del futuro Consejo de Resolución, pasando por las autoridades responsables de la reestructuración bancaria en cada uno de los Estados.

El principio nacional

La última palabra, una vez más, estará en manos de los Gobiernos nacionales en los casos en que se requiera de más de un 20% del fondo de resolución, cuando una recapitalización suponga más del 10% de ese saldo común o cuando se hayan empleado 5.000 millones del fondo en un mismo año natural.

Como ocurre en otras instituciones internacionales, otro de los males endémicos es la aportación efectiva de los Estados miembro al fondo único de resolución. El acuerdo aprobado este martes ha limitado a 55.000 millones de euros la dotación global al fondo, cifra que, según se estima, sólo será alcanzada en 2024 -de hecho, gracias a que Alemania condescendiera a rebajar este plazo, que aún se prevía mayor. Cabe reseñar, en este sentido, que, sólo para Bankia, el fondo de rescate aportó cerca de 19.000 millones de euros.

En función de su perfil de riesgo, cada banco aportará anualmente una proporción determinada de esos 55.000 millones de euros. Bruselas propondrá en los próximos meses un método de cálculo para valorar la cuantía correspondiente. Por lo pronto, el ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos (PP), ha avanzado que la banca española aportará entre el 12% y el 13% de la suma señalada.

Otras asignaturas pendientes

La propia revisión y mejora futura de este sistema de fondo común también estará sujeta a la complejidad legislativa. En este caso, queda relegada a un tratado intergubernamental que prevé exigir la unanimidad para cualquier cambio que pudiera introducirse.

Incluso la previsión de mecanismos excepcionales para intervenir una entidad bancaria si el fondo todavía no dispone de la dotación suficiente ha sido postergada sine die. Mientras tanto, el fondo común de resolución podrá vender deuda en los mercados financieros como medio de financiación adicional. En este caso, de nuevo, tampoco ha quedado establecido cómo podrá garantizar esa deuda sin avales públicos.

Por lo demás, el propio banco afectado deberá proceder a una quita obligatoria a accionistas y acreedores equivalente al 8% de sus pasivos antes de recurrir al fondo europeo. Tal cosa, sin embargo, sólo afectará a los 330 mayores bancos que operan en la eurozona, sin incluir, entre otras, a las cajas de ahorro alemanas.

Finalmente, otra importante carencia de la futura unión bancaria radica en el hecho de que su supervisor común, regido a su vez por el Banco Central Europeo, sólo vigilará a las 128 mayores entidades de los 18 países que integrarán el euro en 2015 y en otras 200 que operan de forma transfronteriza. Es decir, el resto de las 8.000 entidades de la eurozona seguirán relativamente sujetas a las autoridades nacionales.