Fotomontaje con la anulación de un registro

Fotomontaje con la anulación de un registro CG

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Caos administrativo en Cataluña tras el golpe del Supremo al registro único de alquileres turísticos

Cataluña acumula al menos 60.000 viviendas inscritas en el sistema anulado hace unas semanas por el alto tribunal, una decisión que abre la puerta a posibles demandas de los propietarios

Más contenido: Panorama desolador: comprar una vivienda en Barcelona es casi un 95% más caro que la media nacional

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La reciente anulación del registro único de alquiler de corta duración (RNU), la medida del Gobierno central para controlar los pisos turísticos ofrecidos en plataformas digitales, causa sus primeros estragos en Cataluña.

Uno de los afectados es Alberto P., un pequeño propietario de Barcelona que hace un mes presentó una solicitud, por orden de la Generalitat, para inscribirse en el mencionado sistema.

El hombre, apoyado por el activista vecinal barcelonés Luis Carmelo, relata a este medio que --tras la gestión y el pago correspondientes-- recibió un número provisional que al poco tiempo fue cancelado.

El Registro de la Propiedad fue el encargado de denegarle la solicitud del RNU el pasado 8 de junio, aludiendo a la sentencia del Tribunal Supremo en la que deja sin efecto este registro.

Durante la vigencia del registro, se inscribieron más de 340.000 viviendas en toda España, unas 66.000 de ellas en Cataluña (cerca de la mitad en Barcelona). Ahora, el futuro de este sistema queda en el aire tras la decisión del alto tribunal.

Crisis de vivienda

El RNU entró en vigor en julio de 2025 junto con otras medidas que formaban parte del Real Decreto 1312/2024, una regulación que partía de una norma europea orientada a mejorar la transparencia del mercado de alquiler turístico.

Los problemas de acceso a la vivienda y la expulsión de los residentes habituales de los centros urbanos a la periferia son las principales razones detrás de esta ley comunitaria. En urbes como Barcelona, Madrid y Lisboa, por ejemplo, los ciudadanos destinan más del 70% de su salario al pago del alquiler (76% en el caso de la primera, según InfoJobs y Fotocasa).

En España, casi la mitad de jóvenes entre 26 y 34 años viven con sus padres porque no pueden comprar o arrendar un inmueble, según la INE. En la Unión Europea, la edad media de emancipación es de 26,2 años, un número que se eleva a 31,3 en Croacia; 30,1 en Italia; y 30 en España, según datos de Eurostat de 2024.

Edificio de viviendas en Barcelona

Edificio de viviendas en Barcelona Europa Press

Un trámite "más"

El RNU obligaba a los propietarios a obtener un número de identificación oficial --una especie de 'matrícula nacional'-- para poder anunciar sus pisos en portales como Airbnb o Booking.

Para los profesionales del alquiler turístico, se trataba de un trámite más --y estatal-- que se sumaba a los que ya existen. Para los arrendadores de temporada, en cambio, suponía su primera carga administrativa.

Era la situación de Alberto, que alquilaba por temporadas para sacar ingresos extra sin comprometer su vivienda a largo plazo.

Quienes no hacían el registro, según recogía la normativa impulsada por el Ministerio de Vivienda, no podían anunciarse en plataformas de alquiler de corta duración o de temporada. Sus anuncios podían ser bloqueados o retirados y se exponían también a multas que iban desde los 3.000 euros en casos leves hasta los 150.000 euros, dependiendo de la comunidad autónoma.

Temporalidad

Las viviendas de uso turístico, explican fuentes del sector inmobiliario, están sujetas a licencias y registros autonómicos o municipales.

Los alquileres de temporada, por su parte, se rigen por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), por lo que basta con un contrato privado que demuestre la temporalidad de la estancia. En este grupo se incluyen estudiantes, médicos, trabajadores desplazados, entre otros.

En Cataluña, en concreto, los pisos turísticos deben inscribirse en el registro turístico (HUT), que certifica requisitos de habitabilidad y seguridad urbanística.

Sin "competencia"

La fiscalización del uso turístico de viviendas corresponde, en la praxis, al ámbito autonómico, mientras que el Estado puede cooperar más no imponer.

Bajo esa premisa, la Generalitat Valenciana recurrió (y Andalucía también) la normativa del registro único ante el Tribunal Supremo, que terminó dándole la razón el pasado 19 de mayo.

En su resolución, el órgano tumba el RNU al considerar que el Estado "carece de competencias" para establecer un sistema que invade el ámbito autonómico.

El sistema había llegado a incluir más de 340.000 viviendas registradas desde su puesta en marcha: 258.000 pisos turísticos y 83.000 alquileres de temporada.

Un turista sale de una finca de pisos turísticos con una maleta en el centro de Barcelona

Un turista sale de una finca de pisos turísticos con una maleta en el centro de Barcelona Europa Press

Recopilar información

La sentencia, sin embargo, no elimina otros aspectos de la normativa estatal, que incluye la ventanilla única digital de arrendamientos, las obligaciones de transmisión de datos de las plataformas en línea y la transmisión de datos con fines estadísticos.

Esto significa que Airbnb, Booking y webs similares deberán seguir informando al Estado sobre sus anuncios y datos de registros, así como la actividad de los alojamientos.

300.000 números

La anulación del RNU también abre un nuevo frente, el de las posibles reclamaciones. Quienes se inscribieron --abonando los 32,73 euros en concepto de tasas, IVA incluido)-- podrían intentar recuperar ese dinero, aunque los expertos inmobiliarios no están tan convencidos, ya que el cobro podría asociarse más a la gestión de los expedientes.

Especulaciones afuera, las cifras de este trámite no son menores. Los registradores han expedido cerca de 300.000 números de registro para alquileres de corta duración, una actividad por la que han ingresado más de 8 millones de euros.

20 millones

A ello hay que añadirle 10,8 millones, producto del análisis de las 400.362 solicitudes presentadas en los diez meses de duración de la norma. En total, la aplicación de esta normativa ha generado alrededor de 20 millones para las arcas públicas.

Ahora, tras el fallo judicial, el Gobierno central tendrá que replantear la regulación, mientras que las normas autonómicas y municipales siguen vigentes.

Consultados por este asunto, los registradores han declinado hacer comentarios sobre el contenido de la sentencia.

Por su parte, la Conselleria de Territori de Cataluña tampoco había respondido --a la publicación de esta edición-- a las preguntas sobre los efectos que el fallo pueda tener para los propietarios catalanes afectados.

Algunos, como Alberto, temen que la Generalitat mantenga la exigencia del registro y que puedan enfrentarse a multas económicas significativas.