Detalle de la fachada del Tribunal Supremo / EP

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El Supremo ratifica la condena a ASPY Prevención por obstaculizar el plan de igualdad

La sentencia obliga a la compañía a indemnizar con 96.000 euros al sindicato CTIPS por vulneración del derecho a la libertad sindical

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El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a ASPY Prevención que en su día impuso la Audiencia Nacional por desatender sus obligaciones con los representantes de los trabajadores a la hora de negociar el plan de igualdad de la compañía.

En la sentencia, el Alto Tribunal considera que la actitud de la empresa fue contraria al principio de buena fe a la hora de negociar y que llevó a cabo prácticas obstructivas en el proceso, lo que impidió que ASPY Prevención dispusiera de dicho plan entre diciembre de 2020 y marzo de 2024.

Respuestas evasivas

La sociedad, propiedad del empresario José Elías, deberá indemnizar al sindicato CTIPS por vulneración del derecho a la libertad sindical con un importe superior a los 96.000 euros, valorando que la elaboración del plan de igualdad es un derecho de negociación colectiva destinado a habilitar el entorno laboral.

El Supremo ha avalado las conclusiones de la Audiencia Nacional al considerar que, durante tres años y a lo largo de más de veinte reuniones mantenidas entre la dirección de ASPY Prevención y la representación legal de la plantilla, la empresa se limitó a ofrecer "respuestas evasivas, amparadas en supuestas dificultades técnicas, informáticas, de cambios de cambios el registro retributivo" con la única finalidad de obstruir e imposibilitar la implantación del Plan de Igualdad.