El juez Álvaro Lobato decide el futuro sobre Celsa y sobre la ley concursal
El desenlace del plan de los acreedores para la siderúrgica no sólo plantea la viabilidad de uno de los grandes grupos industriales sino de una normativa cuya condición de constitucional está en juego
17 julio, 2023 00:20Noticias relacionadas
"Sé que me había comprometido a tener lista una resolución en los primeros días de agosto pero necesito más tiempo, dada la complejidad del asunto". Detrás de estas palabras del magistrado Álvaro Lobato el pasado martes en la Ciudad de la Justicia de Barcelona hay algo más profundo que múltiples pilas de documentos, legajos y argumentos que analizar en el proceso de Celsa. Además del futuro de uno de los grandes grupos industriales españoles, que da empleo a más de 9.000 personas, está en juego la nueva Ley Concursal, aquélla que llegaba con la transposición de directivas comunitarias y que se ha topado demasiado pronto y sin rodaje con un asunto que marcará para siempre su carácter.
Hasta el punto de que su condición de constitucional se ha puesto en entredicho durante la vista en la que el juzgado número 2 de lo Mercantil de Barcelona ha analizado el proceso del plan de reestructuración presentado por un grupo mayoritario de acreedores de la siderúrgica, apenas unas horas después de que la norma entrara en vigor, allá por los últimos días del pasado septiembre.
Por entonces, este conjunto de tenedores de deuda, mayoritariamente fondos de inversión que adquirieron los créditos a la banca a precio de derribo, ganó por la mano a la familia Rubiralta, propietarios de la empresa, e inició un proceso para plantear una capitalización de deuda que termine por darles el control de Celsa y apartar a los actuales accionistas de la gestión.
El espíritu del nuevo precepto judicial es ofrecer mayor protección a las empresas con dificultades financieras y que, en la medida de lo posible, mantenga su viabilidad sin necesidad de auspiciar el preconcurso y, posteriormente, el propio concurso.
¿Aceptación forzosa?
En este sentido, si el juez da por bueno el plan de reestructuración que plantea una mayoría de los acreedores, ésta saldrá adelante y no será necesario recurrir a figuras contempladas en las anteriores leyes. Pero, en atención al menos a la vista celebrada la pasada semana sobre este asunto, no resulta tan simple.
"Los demandantes no han sido capaces de demostrar un precepto legal de que el plan tenga que ser aceptado sí o sí por los deudores. Y no han podido, porque tal precepto no existe", aseveró la representación legal de Celsa durante la jornada de conclusiones.
Evitar el preconcurso
La parte de la empresa fue aún más lejos, al señalar que "este sería el primer plan que pretende ser homologado con la oposición de los deudores. La Ley no permite, ni ampara, imponer ningún plan a un deudor".
Una cuestión que pone en tela de juicio el avance del nuevo texto normativo, toda vez que lo que pretendía era evitar el paso del preconcurso, que es precisamente el mecanismo que forzaba anteriormente a una negociación entre deudores y acreedores, con el fin de alcanzar un acuerdo y evitar el concurso.
"El juez podrá decidir entre aceptar el plan o asumir que Celsa acabe en concurso; otra opción no cabe", señalaba por su parte la representación legal de los acreedores.
Diversos expertos consultados, coinciden en señalar el complicado escenario que se abre para el magistrado, toda vez que apenas cuenta con precedentes sobre la aplicación de la normativa y, desde luego, ninguno ni cercano siquiera a la dimensión del caso de Celsa.
"Es un asunto muy complicado, que ha llegado demasiado pronto para una normativa que apenas tiene rodaje. Ni siquiera hay una doctrina de instancias superiores en las que se pueda buscar una respuesta a las múltiples dudas que puede ofrecer la interpretación del texto", apuntan desde un despacho especializado en Derecho concursal.
Constitucionalidad cuestionada
Durante la jornada de conclusiones, la representación de la empresa llegó incluso a cuestionar el carácter constitucional de la normativa, en el caso de que la decisión del juez permitiera, como pretenden los acreedores, que tuvieran acceso a las instalaciones de la empresa e incluso a las claves bancarias.
"El plan es contrario al ordenamiento jurídico, atenta contra principios constitucionales básicos como la inviolabilidad del domicilio", apuntaba, mientras que la parte de los acreedores iniciaba con toda la intención su discurso de conclusiones con el convencimiento de que "la constitucionalidad de la normativa está fuera de toda duda".
Presión añadida
Con las cartas sobre la mesa, todo parece indicar que la decisión que finalmente adopte Lobato marcará una línea a seguir a partir de ahora en este terreno, lo que supone una presión añadida y una considerable dosis de responsabilidad.
Factores que, a la vista de los expertos, hace más que razonable que el juez haya solicitado algo más tiempo para decidir. Es más, incluso no sería descartable que también se extendiera el plazo dado de los primeros días de septiembre, toda vez que algunas consultas podrían llevar algo más de tiempo del previsto.
El papel del Gobierno
Tampoco conviene olvidar que, en función del signo de la decisión judicial, el Gobierno podría tener su papel; en el caso de que el plan cuente con el beneplácito de la Justicia y los fondos sigan adelante con la operación de capitalizar deuda, precisarán de la autorización del Consejo de Ministros en función del denominado escudo antiopas.
Del mismo modo, la decisión final podría retrasarse por los más que probables recursos a instancias superiores.