La justicia europea considerará cancelado un vuelo adelantado más de una hora. Un avión despega del aeropuerto de Hamburgo (Alemania) /  Daniel Reinhardt - dpa - EUROPA PRESS

La justicia europea considerará cancelado un vuelo adelantado más de una hora. Un avión despega del aeropuerto de Hamburgo (Alemania) / Daniel Reinhardt - dpa - EUROPA PRESS

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La justicia europea considerará cancelado un vuelo adelantado más de una hora

El TJUE precisa las condiciones en las que los pasajeros aéreos pueden hacer valer su derecho a compensación en función de la distancia

21 diciembre, 2021 12:39

Un vuelo adelantado más de una hora debe considerarse “cancelado”. Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en al caso de que ese cambio de salida sea realizado por el transportista aéreo.

Esta resolución llega después de las consultas a la corte de Luxemburgo de varios tribunales austríacos inmersos en litigios, en los que los pasajeros aéreos pedían una compensación por el adelanto de su vuelo a aerolíneas como Azurair, Corendon Airlines, Eurowings y Austrian Airlines. El TJUE, además, ha precisado las condiciones en los que los clientes podrán hacer valer su derecho a compensación económica, en función de la distancia.

Disposición de tiempo

El alto tribunal europeo ha aseverado que un adelanto de más de una hora del vuelo “supone para los pasajeros la pérdida de la posibilidad de disponer libremente de su tiempo y de organizar su viaje o su estancia en función de sus expectativas”. Por ello, ha dejado claro que en tal caso debe reputarse como “cancelado”, cuando el transportista aéreo encargado de efectuar el servicio es el que hace el avance de despegue.

No obstante, en el caso de que sea de una hora o menos, el TJUE no lo ha recogido como “cancelado”. “Debe considerarse que se trata de un gran adelanto que puede ocasionar a los pasajeros graves molestias”, ha sentenciado.

Importes de compensación

En el supuesto de un gran adelanto del vuelo que da derecho a compensación --lo que presupone, en particular, una información tardía sobre el adelanto-- el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo debe pagar siempre el importe total. En función de la distancia del viaje, será de 250, 400 o 600 euros.

El TJUE ha aclarado que la aerolínea no tiene derecho a reducir en el 50% del importe de la compensación a abonar por el hecho de haber ofrecido al pasajero un transporte alternativo que le permita llegar a su destino final sin retraso.