Nuevo varapalo judicial para el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) por la gestión del agua y sus máximos responsables, la presidenta, Ada Colau, y el vicepresidente del área de Ecología, Eloi Badia. El juzgado Contencioso-Administrativo 8 de la capital catalana, encabezado por Montserrat Raga, ha dado la razón a Aigües de Barcelona y a la Sociedad General de Aguas de Barcelona en una resolución del pasado 8 de octubre. En ella, obliga a la institución supramunicipal a cumplir el contrato concesional. Es decir, a pagar los 14,8 millones de euros de la actividad de saneamiento desde las depuradoras a los depósitos de cabecera de los municipios, el tratamiento llamado en alta, prestado por la compañía.
La sentencia concluye que el AMB incumple sus obligaciones legales respecto al servicio, hecho que pondría en riesgo la sostenibilidad del mismo ya que no garantiza las aportaciones económicas necesarias para su correcta gestión a la operadora.
Creación de la empresa mixta
La creación de la sociedad de economía mixta que suministra agua a 36 municipios metropolitanos implicó que el AMB realizara una “aportación no dineraria consistente en la cesión durante 35 años del derecho de uso de las infraestructuras e instalaciones de su titularidad, necesarias y vinculadas a la prestación de los servicios de depuración y aguas residuales”. El impacto económico de su uso se valoró con la “metodología de los flujos de caja” que realizaban una “estimación de los que se generarían en el futuro hasta el fin de la concesión”.
Todos los firmantes estuvieron de acuerdo “con el método y las cifras, a la vez que contaban con informes realizados por expertos independientes designados por el Registrador Mercantil”. La magistrada Raga sí acepta, tal y como alegó el AMB, que “un aspecto es la valoración de la aportación no dineraria recibiendo las correspondientes compensaciones y otra los mecanismos de financiación de la empresa mixta que se crearon”. Pero considera que no es suficiente para frenar los pagos porque “en ningún momento se confunden” en el redactado.
Detalle del redactado del contrato
Por todo ello, concluye que el “planteamiento que realiza la parte demandada [el AMB en su defensa] no se corresponde con el que se redactó”. Ya que “cuando se realiza la valoración queda claro que esta queda reforzada garantizando los ingresos necesarios para financiar los servicios de saneamiento, que no son otros que los reclamados por la parte actora en este procedimiento y que no han sido abonados”.
Sentencia que el contrato firmado “obliga a cumplir sus cláusulas para la aplicación de la normativa sobre contratación sin que se puedan alegar el principio de ejecución sobre el riesgo y ventura del contratista, la figura del ius variando o el enriquecimiento injusto” que se han alegado en otras partes del proceso por, precisamente, el detalle del contrato de creación de la sociedad mixta que gestiona el agua en el área metropolitana.
La compañía se creó bajo el mandato de Xavier Trias como alcalde de Barcelona y la pulcritud del proceso fue ratificada por el Tribunal Supremo en 2019 en otro varapalo para los intereses del actual gobierno metropolitano. Al llegar los comunes a la alcaldía de la capital catalana se pusieron de lado de las compañías que intentaban dejar sin efecto la creación de la compañía, un mandato que compartían con el PSC liderado por Antonio Balmón en esta institución. Ambos partidos comparten ahora el poder con ERC y PDECat.
Deuda total de 30 millones
En 2018, después de varios años de incumplimientos flagrantes, desde la compañía se instó a abonar las cantidades reconocidas en el contrato. En un primer momento se solicitó el importe que correspondía a los impagos de 2014 y 2017. A esta primera reclamación le siguieron otras –las anualidades de 2018, 2019 y 2020-- aún pendientes de resolución judicial. De este modo, la deuda total del AMB con la gestora del servicio está cerca de los 30 millones de euros.
El Consejo metropolitano del 26 de junio de 2018 declinó pagar las facturas pendientes y contrajo un pasivo que ha incrementado ejercicio tras ejercicio. Ahora, la justicia ha revocado la decisión. Afirma que el AMB debe cumplir con las obligaciones económicas estipuladas en el contrato que creó la sociedad mixta y debe abonar el coste de sanear el agua.
Posible recurso ante el TJSC
Aigües de Barcelona puede exigir el abono de los servicios prestados desde 2014 y los intereses legales. La juez no le ha impuesto el pago de costas. La sentencia se puede recurrir en apelación en el plazo de 15 días ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).