El personal fijo discontinuo de los hoteles catalanes debe incluirse en los ERTE. UGT ha logrado la primera sentencia judicial en Cataluña favorable a la plantilla de temporada de los alojamientos catalanes: estos trabajadores tienen que recibir prestaciones por despido temporal.
En una sentencia de febrero a la que ha accedido este medio, el juzgado de Lo Social número 2 de Girona confirma que la plantilla de fijos discontinuos del hotel Blanco Don Juan de Lloret de Mar (Girona) tiene que incluirse en el ERTE, pese a que en el momento de tramitación estos empleados no estaban dados de alta en la Seguridad Social, pues la campaña estival no había comenzado.
"No hay suspensión de la relación laboral"
En su resolución, el juez resuelve que "en los periodos de interrupción de la actividad de los trabajadores fijos discontinuos, no se produce ni suspensión de la relación laboral ni su extinción". Lo que es más, el vínculo entre empresario y trabajador "subsiste", por cuanto son "contratos de duración indefinida".
Por ello, el propietario del hotel debió incluir a los fijos discontinuos en su solicitud colectiva que concernió a los trabajadores en activo. Solo debió excluir el hotelero a los empleados en incapacidad temporal, maternidad, paternidad o excedencia.
Primera sentencia en Cataluña
Cabe recordar que el hotel Blanco Don Juan de Lloret tiene una plantilla de 187 trabajadores, de los cuales hasta 179 están en ERTE. Ahora, el juez obliga a incluir al resto de asalariados no dados de alta en el momento del cese de actividad. Ello es importante por cuanto es la primera sentencia judicial en Cataluña que falla en esta dirección.
La decisión del togado es importante habida cuenta de que muchos hoteles de la costa catalana tienen a parte de su plantilla en contratos de fijo discontinuo, lo que les permite afrontar el incremento de actividad del verano con garantías. Este personal, igual que el resto, se vio afectado por el parón casi total del turismo por la pandemia.