Las elecciones a las Cámaras de Comercio de Cataluña, especialmente la de Barcelona, han acabado ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJC) catalán. Carles Tusquets, Ramón Masià y otros 20 electores y candidatos han instado ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo una causa ante las presuntas vulneraciones de derechos fundamentales que se habrían dado en el proceso de escrutinio y validación de los votos.
No es el único recurso que se ha presentado, ya que la estrategia legal definida por el bufete Maresca también incluye la presentación de un recurso de alzada ante el departamento de Empresa y Conocimiento, liderado por Àngels Chacón (JxCat), el órgano tutelante del proceso electoral en el que se señalan las principales irregularidades que habrían viciado todo el proceso.
Estas son las cinco principales:
1) Secretismo del voto: Los denunciantes aseguran que el proveedor de la plataforma electrónica que se usó en los comicios, Scytl, permitió vincular los votos emitidos de forma remota (el 84%) con sus dueños. Ha sido durante la comprobación de la validez de 855 dudosos que ha realizado el auditor, AGTIC Consulting, que se hizo mediante llamadas telefónicas y correos electrónicos. Además, se afirma que se podía conocer el sentido de los mismos porque al incorporarlos en el recuento final variaban los resultados de hasta ocho epígrafes en la Cámara de Comercio de Barcelona, donde se concentran el grueso de las anulaciones. Por todo ello, se concluye que el voto no ha sido secreto en los comicios.
2) Autenticación robusta: La portavoz del bufete Maresca, Mercedes Cuyás, reiteró este viernes que las dudas que existieron en la validación de los 855 votos se hubieran evitado con una votación en remoto con una identificación de los electores en dos pasos como ocurre, por ejemplo, en las transacciones financieras. Esta cuestión ha sido recurrente en la preparación de los comicios y ha sido motivo de varias quejas. La consejera Chacón aseguró que no se podía hacer porque el censo de los electores no incluía un móvil o correo electrónico de contacto en el que se pudiera mandar la clave para validar el voto. El recurso de alzada matiza esta declaración, ya que el último paso de los comicios era el envío de un comprobante al elector a una dirección de mail que él mismo tenía que introducir en la plataforma. Por lo que se insiste en que esta información se podría haber añadido un poco antes y conseguir la ansiada autenticación robusta.
3) Cómo se anulan los votos: Scytl frenó la contabilización de los votos que se hacían en grupo ante las dudas de que pudieran ser fraudulentos o que se viviera un ataque externo. Esta medida se aplicó a partir de los ocho votos emitidos desde la misma IP, según el recurso. El auditor señala en su informe final que para determinar qué direcciones eran sospechosas se usaron “hipótesis” extraídas de “la información disponible”, la encontrada en fuentes públicas y la que les había brindado el proveedor tecnológico. La comprobación final se ha hecho mediante entrevistas telefónicas. Los denunciantes aseguran que se trata de un sistema arbitrario.
4) Caídas de la plataforma de votación: Las reglas del juego que la consejería definió en el proceso electoral señalaban que la plataforma de votación no podía colapsarse más allá de unos segundos. El problema, según el recurso de alzada, es que dejó de funcionar durante 20 minutos, un plazo que llevaría a la anulación de todo el proceso electoral según la normativa. El bufete que se encarga de la defensa legal asegura que cuenta con una acta notarial que certifica el tiempo de caída de la plataforma.
5) Derechos fundamentales: Esta demanda es la que se han instado ante el TSJC y se deberá resolver en cuestión de meses. Se denuncia que el proceso ha incumplido con el derecho a la igualdad de acceso a los órganos de gobierno de las cámaras, que se ha diferenciado entre el voto presencial y el remoto por las anulaciones y que se ha discriminado en las comprobaciones. Esta última acusación se dirige ante la invalidación masiva de votos de la comunidad de empresarios china y pakistaní, ya que el auditor no pudo comprobar mediante la llamada telefónica si habían participado en los comicios por los problemas de comunicación que tenían (muchos no conocían el idioma) y acabaron con su voto anulado.
Resulución de los recursos
Por todo ello, los denunciantes aseguran que el proceso electoral debería ser invalidado en su conjunto. El TSJC será el que tenga la última palabra al respeto. En cuanto al departamento de Empresa, sus portavoces aseguraron el viernes que no habían recibido el recurso de alzada. Adviertan de que cuando lo hagan procederán a su análisis en profundidad. Disponen de tres meses para contestarlo.
Prosigue mientras con totalidad normalidad la constitución del nuevo pleno de la Cámara de Comercio de Barcelona. Este lunes a partir de las 10 de la mañana se votará que Joan Canadell se convierta en el nuevo presidente de la institución empresarial.