La actividad de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) continuará sin alteración ninguna en Barcelona y su área de influencia. Así lo ha avalado la justicia antes de las vacaciones de Navidad al rechazar un recurso de reposición presentado por varias asociaciones gremiales del taxi y la Autoridad Metropolitana de Barcelona (AMB) en el que se buscaba activar el reglamento de movilidad promovido por la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau. Es decir, la creación de una licencia específica que limita el la presencia de firmas como Uber o Cabify.
Ha sido la sección tercera de la sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) el que ha tomado la decisión. Mantiene la suspensión de este reglamento metropolitano como medida cautelar al considera que la Administración supramunicipal se ha extralimitado en sus funciones e invade competencias estatales al fijar un límite de un vehículo VTC por cada 30 taxis.
Medidas cautelares
La suspensión se mantiene desde junio, cunado el Alto Tribunal catalán decidió frenar su entrada en vigor. Suspendió su entrada en marcha, pero no se cargó la normativa. El proceso judicial aún está en la fase de las medidas cautelares. Los magistrados que conforman esta sala deberán analizar a lo largo de los próximos meses el reglamento a fondo para decidir si se circunscribe o no a la legislación vigente.
¿Por qué se suspende su entrada en vigor? Los jueces del TSJC explican que su puesta en marcha es compleja de revertir si la conclusión final es que Colau se extralimitó en sus funciones como presidenta de la AMB. En ambas ocasiones han decretado que se trata de una limitación en la circulación de VTC “difícilmente reparable” y se opta por la fórmula más garantista. Dejar la norma en la nevera hasta que no se clarifique la pugna legal.
Unauto, la patronal del sector
Con todo, las asociaciones del sector de las VTC han aplaudido que se mantenga la medida cautelar. “Celebramos el fallo judicial, que pone de relieve no sólo que se invadan competencias del Estado, si no que se pretendía incumplir lo que dice la ley”, indica el presidente de Unauto, Eduardo Martín.
Esta entidad defiende que el límite 1/30 debe aplicarse sólo en las nuevas licencias de actividad, pero no de forma retroactiva. Es decir, que se mantenga la actividad actual. Esta es la tesis que defenderán ante el TSJC.