El Banco de España ha sancionado al Santander por incumplir sus obligaciones de protección de deudores hipotecarios sin recursos. Considera probado que la entidad presidida por Ana Botín no cumplió las medidas del Código de Buenas Prácticas con los acreedores que habían acreditado encontrarse en el umbral de la exclusión.
En estos casos, debería haber estudiado qué medidas se podrían aplicar ante los impagos acumulados de préstamos hipotecarios pero no activar directamente su ejecución. Es decir, el desahucio. El regulador afirma que así ocurrió con algunos clientes del Santander y que, por ello, le impone una multa de 485.000 euros. Aunque el principal golpe no es económico, es en la reputación de la entidad.
Expediente disciplinario de 2016
La sanción se dictaminó en el Consejo de Gobierno del Banco de España que se celebró en octubre de 2017. Fue la resolución de un expediente disciplinario que la comisión ejecutiva de la institución había incoado en diciembre de 2016.
La multa fue recurrida por la entidad, que asegura que sí cumplió con el Código de Buenas Prácticas del regulador. Pero no ha recibido el espaldarazo esperado en la vía administrativa. Se considera probado la infracción grave tipificada en el artículo 15 del Real Decreto-Ley 6/2012 que alega el regulador.
Causa judicial
Aunque será un juez el que deba valorar finalmente la sanción. La entidad ha instado un proceso por la vía judicial para defender que no incumplió ninguno de los preceptos del Banco de España con los clientes que habían acreditado estar en una situación de pobreza.