Niños entran a sus clases / EP

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Vida

El TSJC obliga a la Generalitat a impartir el 25% de las clases en castellano

Los magistrados señalan que la lengua de Cervantes es "residual" en muchas aulas del territorio, lo que incumple el marco jurídico vigente

17 diciembre, 2020 11:28

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) obliga a la Generalitat a impartir el 25% de las clases en castellano. El Contencioso Administrativo admite de forma parcial el recurso del Gobierno central contra varias resoluciones del Departament d’Educació, por el uso de las lenguas vehiculares en la enseñanza catalana

Los magistrados subrayan que el Govern debe garantizar que todos los alumnos reciban, de "manera inmediata y efectiva", al menos un 25% de su educación en castellano. Un porcentaje que también fija para el catalán, al ser ambas lenguas oficiales de la comunidad.

"Castellano, residual"

La Sección 5ª indica en su fallo que "el uso vehicular del castellano en el sistema de enseñanza de Cataluña es residual, o al menos así es en una parte significativa de centros y grupos docentes, de forma que se constata una infracción del marco jurídico vigente".

Fue en 2015 cuando la Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Educación, denunció la "inactividad de la Generalitat" para "el desarrollo normativo que fijaba el uso del castellano, en proporción razonable, en las aulas", así como por no garantizar la enseñanza en dicho idioma como "lengua vehicular normal". Ahora, en su sentencia del 16 de diciembre, el TSJC fija el uso vehicular mínimo de español y catalán en una cuarta parte --para cada uno de los idiomas-- del total de horas lectivas. Una decisión que persigue "enderezar la actual situación contraria al ordenamiento" que se da en las aulas del territorio.

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Asignaturas no lingüísticas

El porcentaje mínimo fijado no podrá reducirse a la asignatura sobre la propia lengua, sino que debe incluir al menos otra materia o "asignatura no lingüística curricular, de carácter troncal o análogo", reza el fallo. Eso sí, la sala desestima que Educació deba modificar los impresos de preinscripción escolar para que los padres tengan "acreditado que el castellano será lengua vehicular en todos los cursos". 

Una petición del Gobierno que el TSJC descarta al considerar que fijar este 25% ya garantiza el acceso y uso de ambas lenguas desde educación infantil. "El principio de no discriminación de los alumnos por razón de la lengua, establecido en el Estatuto de Autonomía, impone un sistema de una única línea bilingüe, que excluye por su propia naturaleza la libertad de opción por parte de los usuarios", argumentan los jueces.

Sin lengua vehícular en las preinscripciones escolares

También señalan que la Ley de Educación de Cataluña ha sido consecuente con este planteamiento, el establecer un sistema de apoyo lingüístico para los alumnos que lo requieran, para facilitar así su integración en el momento de incorporarse al sistema”.

Así pues, el hecho que las inscripciones no incluyan la opción de lengua vehicular no se puede considerar, según la sala, “ilegal”

Ni caso a los tribunales

El TSJC ya había emitido dictamen en el mismo sentido en enero del pasado año, cuando instó a algunos centros a cumplir la legislación vigente, pero la realidad, según denuncian padres de escolares, es que muchos centros públicos obvian el marco normativo vigente, y reducen el castellano a lengual "residual", tal y como reconoce el fallo.

También el Tribunal Supremo ha reconocido la lengua de Cerventes como vehicular en el 25% de la enseñanza catalana, pero las autoridades educativas del territorio incumplen la sentencia, empujando así a los progenitores que deseen hacer uso de ese derecho a emprender en un proceso judicial.