Una pareja de la Guardia Urbana vigila una playa de Barcelona / GUARDIA URBANA

Una pareja de la Guardia Urbana vigila una playa de Barcelona / GUARDIA URBANA

Vida

Denuncian presuntas irregularidades en el uso de dos embarcaciones marítimas por la Guardia Urbana

El sindicato CSIF asegura que la titulación recreativa de los agentes no se corresponde con la que deberían tener al ser "buques mercantes", y atribuyen a Capitanía y al ayuntamiento que esto ocurra

7 junio, 2021 19:19

El uso de dos embarcaciones por parte de la Guardia Urbana (GUB) para patrullar las aguas de Barcelona ha dado lugar a una petición de información al respecto. El sindicato CSIF alerta de presuntas irregularidades en su utilización, al entender que las características de ambos barcos no se corresponden con la titulación ni la formación necesaria de la que disponen los agentes.

En dos cartas a Pedro Velázquez, intendente mayor de la Guardia Urbana, y a Javier Valencia, capitán de la Provincia Marítima de Barcelona, dicho sindicato reclama explicaciones sobre la habilitación que se les ha concedido para navegar por parte de la Capitanía de Mar.

"Buques mercantes"...

CSIF denuncia ante ambos responsables las irregularidades que, a su juicio, cometen el Ayuntamiento de Barcelona y la jefatura de policía, "con múltiples incidencias en las embarcaciones propias de la GUB destinadas al patrullaje costero". 

En concreto, se refiere a "dos embarcaciones semirrígidas rotuladas policialmente", que, según aseguran en un comunicado, "debido a sus condiciones" quedan englobadas dentro del ámbito de los “buques mercantes”, al amparo del RD 973/2009. Y, por ello, CSIF advierte de que "para el gobierno de este tipo de embarcaciones es necesaria una titulación profesional expedida por la marina mercante".

...tripulados con titulación recreativa

Sin embargo, según denuncia el sindicato en sendas cartas, "hasta fecha de hoy, y desde la creación de la patrulla marítima de la Guardia Urbana de Barcelona en el año 2012, estas embarcaciones han sido gobernadas y tripuladas por personal policial, dotados únicamente de titulación de carácter recreativo".

"Hasta fecha de hoy, la Capitanía Marítima de Barcelona, amparada en el RD 875/2014, venía habilitando de manera expresa a los agentes que en posesión de la titulación recreativa se encontraban adscritos al grupo de playas" de la Urbana, explica el sindicato. Y apunta que "el articulado 35, disposición adicional primera, punto 1, no recoge las funciones policiales descritas, al entender de CSIF, insuficiente en cuanto a cobertura legal".

Cobertura legal insuficiente

"En el año 2019 se modificó el RD 875/2014 mediante el RD 238/2019, de 5 de abril, artículo 34.1, por el cual se atribuyen una serie de habilitaciones anejas a la titulación recreativa, para dotarle de unas funciones concretas y limitadas, que excluyen a las desarrolladas por esta policía Guardia Urbana con carácter profesional", añade el sindicato.

CSIF advierte por tanto de que "los agentes que prestan servicio en la embarcación policial no pueden trabajar a bordo de la embarcación, por carecer de dicha titulación": "Estamos sin duda ante una situación tremendamente delicada y a todas luces fuera de la ley". Y alertan de que se les está dando una cobertura con una habilitación "que no se ajusta a los preceptos legales", por lo que se podría incurrir en una presunta infracción penal.

Piden que se retire su habilitación

Por todo ello, CSIF considera que se está permitiendo una irregularidad "por carecer de todos los permisos y autorizaciones administrativas exigibles para desarrollar dicha actividad".

"Desde CSIF denunciaremos esta situación ante los estamentos competenciales correspondientes, por tal de garantizar la seguridad jurídica de los empleados públicos de la Policía Guardia Urbana, adscritos al grupo de playas", añaden, además de solicitar la retirada de la habilitación otorgada por parte de Capitanía al Ayuntamiento de Barcelona.

En lo relativo al consistorio, el sindicato le reclama el amarre de dichas embarcaciones y la retirada del servicio "hasta disponer de las titulaciones exigibles por ley". Así como, además, que le faciliten el documento expedido por el Capitán de la Provincia Marítima de Barcelona por el cual habilita a los agentes adscritos al grupo de playas "para que desempeñen las funciones marítimas de un permiso exigible por ley del cual carecen".