Germanwings responsabiliza solo al copiloto del accidente de 2015

Germanwings responsabiliza solo al copiloto del accidente de 2015

Vida

Germanwings se lava las manos y responsabiliza solo al copiloto del accidente de 2015

Las compañías aérea piden desestimar una demanda de cuatro familias y descarta mayores indemnizaciones

27 noviembre, 2019 15:05

Los letrados de Lufthansa y Germanwings han afirmado este miércoles, en el juicio en el Juzgado Mercantil 10 de Barcelona por la demanda de cuatro familias de víctimas del accidente en 2015, que no fueron negligentes como compañía y han responsabilizado del siniestro exclusivamente al copiloto Andreas Lubitz.

Los abogados consideran que la compañía ha tratado a los afectados "de manera generosa" con una indemnización mayor a la que podían reclamar por ley, que la mayoría de familias aceptaron, y han rechazado las cantidades mayores que solicitan las cuatro familias de víctimas que han iniciado el proceso judicial.

Las compañías niegan negligencia

Las compañías aéreas descartan que hubiera negligencia, si bien no rechazan indemnizar con unas cantidades menores --que han aceptado la mayoría de los afectados-- a los familiares de víctimas que han iniciado el proceso judicial: "Reconocemos la responsabilidad. Reconocemos que hay que pagar. Todo lo demás, a nuestro modesto entender, sobra".

Los demandantes han insistido en que el accidente lo provocó de forma intencionada el copiloto del avión, y han destacado que en el proceso judicial, antes que la compensación económica, buscan "constatar los hechos tal como sucedieron" y que la aerolínea asuma responsabilidades.

50.000 euros de indemnización

Germanwings ofreció a los afectados 50.000 euros antes del trámite de las indemnizaciones, lo que califica como un "anticipo para gastos inmediatos", mientras que los demandantes consideran que deberían contarse como una donación a parte de la indemnización que perciban.

Los familiares afectados piden entre 50.000 y 250.000 euros por daño moral, otros 50.000 por el sufrimiento durante los seis minutos de descenso antes de que el avión se estrellara, una cantidad fija anual por la falta de su familiar, indemnizaciones por perjuicios psicológicos, daños materiales y gastos de conmemoración, es decir, el coste de desplazarse al menos una vez al año hasta el lugar donde murió su familiar.