La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha rechazado admitir a trámite el recurso de revisión solicitado por la defensa de Rosa Peral, condenada a 25 años de prisión por el asesinato de su pareja, Pedro Rodríguez, en 2017.
La decisión, firmada por el magistrado Manuel Marchena, se alinea con el criterio del Ministerio Fiscal y cierra una de las últimas vías judiciales que Peral intentaba abrir tras la última confesión de su excompañero sentimental y también condenado, Albert López.
En un contundente auto, Marchena descarta que exista un hecho nuevo con suficiente entidad jurídica para reabrir el caso, como exige el artículo 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La defensa de Peral, encabezada por las abogadas Núria González y Elisenda Massa, había presentado en abril un recurso al Tribunal Supremo solicitando la revisión de la condena dictada por la Audiencia de Barcelona en abril de 2020, y confirmada por el propio Supremo.
La confesión no cambia nada
La base del recurso era la última declaración realizada por Albert López ante la administración penitenciaria, en la que reconoció los hechos que aparecen en la sentencia y, por lo tanto, aceptó su participación en el asesinato de Pedro Rodríguez, la pareja de Peral en el momento de los hechos.
Rosa Peral (d) y Albert López (i), los dos agentes de la Guardia Urbana de Barcelona acusados de matar a un compañero
Para la defensa de Peral, esta confesión representaba “un elemento probatorio nuevo y determinante que, de haber sido conocido en su integridad en la fase procesal oportuna, podría haber permitido la absolución o la imposición de una pena menos grave” para Peral.
Sin embargo, el tribunal rechaza categóricamente esta interpretación. Según expone la resolución, la confesión de López no aporta datos sustancialmente diferentes a los ya considerados probados en la sentencia firme: “Mantiene, como hizo durante todo el proceso, que ella intervino en todas las fases de ejecución delictiva”.
Una confesión viciada
Además, el Supremo cuestiona el contexto en que López ha emitido esta nueva declaración, producida tras varios años de cumplimiento de condena y ahora en segundo grado penitenciario. Para los magistrados, se trata de un gesto alineado con las exigencias del sistema penitenciario para optar a beneficios como permisos o progresiones de grado.
“El reconocimiento por Albert López de su participación en el asesinato de Pedro, justificado años después de su ejecución por la necesidad de demostrar su reencuentro con el ordenamiento jurídico violentado por su acción, no afecta en absoluto a Rosa Peral”, subraya el auto.
Los hechos quedaron probados y ratificados
Marchena también niega que la declaración del coimputado contenga algún “nuevo hecho o elemento de prueba” que justifique la revisión de la condena, y recalca que la participación conjunta de ambos quedó probada de forma “sólida” y “coherente” por el jurado popular, ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y posteriormente por el propio Supremo.
“La responsabilidad criminal de Rosa Peral ha sido declarada a partir de más que sólidos fundamentos probatorios”, concluye el auto. En definitiva, la Sala entiende que no hay base jurídica para abrir un “juicio rescisorio” que cuestione la validez de una condena ya firme.
La acusada del crimen de la Guardia Urbana, Rosa Peral
Con esta decisión, la vía de la revisión judicial queda cerrada para Rosa Peral, quien cumple su condena en la prisión de Mas d'Enric (Tarragona) tras haber sido declarada coautora del bautizado como 'crimen de la Guardia Urbana'.
El crimen de 2017
El crimen en cuestión se produjo durante la madrugada del 2 de mayo de 2017, cuando ambos acusados mataron de forma violenta a la víctima en la vivienda que ésta compartía con Rosa Peral en Vilanova i la Geltrú.
Después, utilizaron varias veces el teléfono móvil del fallecido para fingir que hacía su vida con normalidad, y llevaron el terminal en funcionamiento para que delatara su posicionamiento geográfico a las inmediaciones del domicilio del exmarido de Rosa, con el que ésta mantenía una relación muy conflictiva, con el propósito de involucrarle.
Además, ambos agentes metieron el cuerpo de la víctima en el maletero de un coche, propiedad del guardia urbano asesinado, y le prendieron fuego en el área del pantano de Foix.