
Fachada del Tribunal Supremo EUROPA PRESS
El Supremo anula la absolución de dos acusados de extorsionar a jóvenes para conseguir material pornográfico
Insta a la Audiencia de Barcelona a dictar una nueva sentencia en la que valore toda la prueba
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El Tribunal Supremo ha anulado la absolución de dos hombres acusados de engañar a menores para que elaboraran contenido pornográfico, material que luego utilizaban para coaccionarlos y obtener nuevas grabaciones.
La Sala de lo Penal ordena a la Audiencia Provincial de Barcelona dictar una nueva resolución, teniendo en cuenta “la totalidad de la prueba practicada”, salvo aquellas que quedaron fuera del proceso por haber sido obtenidas una vez expirado el plazo de investigación judicial.
Amenazas por redes
El origen del caso se remonta a 2015, cuando una mujer denunció un presunto abuso sexual que habría sufrido siendo menor de edad. Aunque más tarde retiró la denuncia, los Mossos d’Esquadra decidieron continuar con las indagaciones al sospechar que podía haber otras víctimas.
Durante la investigación, los agentes descubrieron que otras adolescentes habrían sido contactadas a través de Facebook por una supuesta fotógrafa que les prometía una compensación económica a cambio de imágenes de contenido erótico.
Posteriormente, ese material era utilizado para amenazarlas con difundirlo si no enviaban nuevas fotografías de carácter claramente pornográfico.
Surgieron nuevas denuncias
Las pesquisas permitieron identificar primero a uno de los responsables y, más adelante, a un segundo implicado. Ambos llegaron a ser absueltos por la Audiencia Provincial, pero ahora el Tribunal Supremo ha revertido esa decisión, dando parcialmente la razón a la Fiscalía.
El alto tribunal señala que la Audiencia justificó la absolución en que las declaraciones de los acusados se practicaron fuera del plazo de instrucción, lo que —a juicio de la Audiencia— imposibilitaba una acusación válida. No obstante, durante ese tiempo, surgieron al menos 25 nuevas denuncias y se autorizaron registros en los domicilios de los investigados, donde se hallaron pruebas clave.
Registros en domicilios
En dichos registros, realizados tras la autorización judicial, se encontraron archivos y correos electrónicos que evidencian cómo los acusados habían inducido a otras jóvenes a producir material pornográfico, que luego utilizaban como instrumento de extorsión.
Sospechas objetivas
El Supremo aclara que, aunque los registros se practicaron una vez vencido el plazo de instrucción, ello no invalida automáticamente la investigación. "La entrada y registro se acordó judicialmente a partir de sospechas objetivas de responsabilidad y evaluando el juez que concurrían unos presupuestos de necesidad, subsidiariedad y proporcionalidad que nadie ha cuestionado", indica la sentencia.
Además, recuerda que el plazo de instrucción no tiene base constitucional, sino que responde a normas ordinarias que buscan agilizar el procedimiento, sin afectar a la validez de delitos descubiertos con posterioridad y dentro del plazo de prescripción.