El Juzgado de Instrucción 3 de Sabadell ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa contra los responsables de la residencia de ancianos de Palau-solità i Plegamans (Barcelona) donde fallecieron cerca de 50 ancianos durante los primeros meses del coronavirus, en el año 2020.
Según se extrae del auto, al que ha tenido acceso Crónica Global, la instructora ha llegado a esta deliberación después de que las diligencias practicadas hayan concluido que "no se aprecia abandono" de los residentes, que "fueron visitados con regularidad". Asimismo, según el fallo, tampoco queda probado "un incumplimiento deliberado o imprudente de las normas sanitarias que se emitían por los distintos órganos competenciales", ante la situación de crisis sanitaria que se vivió en aquellos meses.
Pudieron contagiarse de las visitas externas
De este modo, se cierra un caso que arrancó en febrero de 2022, tras una denuncia de la Fiscalía y de varios particulares, que pusieron en duda la profesionalidad y la transparencia de esta residencia de Palau, una de las más grandes de la zona del Vallès. A diferencia de lo que denunciaron los familiares de los ancianos fallecidos, la juez de Sabadell considera que se cumplieron todas las normas sanitarias, en un contexto de pandemia mundial, donde los recursos llegaban a cuenta gotas.
Así, en su escrito, deja constancia de que las diligencias practicadas han podido determinar que los residentes fueron bien atendidos y aislados de forma adecuada, llagando incluso a la conclusión de que "el origen de la propagación, pudo estar en las visitas externas" y no, pues, en la supuesta mala praxis del centro.
No hay indicios de delito alguno
En la misma línea, el fallo concluye que no se ha podido constatar "una omisión del deber de socorro" en ninguno de los residentes que fallecieron, ya que "no dejaron de recibir asistencia –debiéndose recordar que la residencia es un centro asistencial y no un centro sanitario- y la recibida se estima acorde a su situación".
Además, en cuanto a la falta de información y descoordinación por parte de los responsables del centro, que denunciaron los familiares, la juez recuerda que, "si bien se comprende la angustia que ello originó, no constituye ilícito penal".
Por lo tanto, tras "las numerosísimas diligencias practicadas", el Juzgado de Instrucción 3 de Sabadell no puede acreditar la perpetración de los delitos que enumeraba la Fiscalía en su querella, en la que acusaba al director, un médico y la empresa que gestiona la residencia de los presuntos delitos de abandono de personas con necesidad de especial protección, omisión del deber de socorro, homicidio imprudente y falsedad documental.
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