Dani Alves, condenado a cuatro años y medio de prisión por violar a una joven en la discoteca Sutton de Barcelona en diciembre de 2022, ha sido el último procesado en beneficiarse de la polémica ley del sólo sí es sí. El brasileño ha sido castigado con la pena mínima para este tipo de delitos.
Así lo han confirmado fuentes jurídicas, que han precisado a Crónica Global que la pena mínima vigente para este tipo de delitos hasta la entrada en vigor de la reforma del Ministerio de Igualdad era de seis años y no de cuatro.
La violación se produjo en un ínterin
Esta rebaja se debe a que la norma original unificó los delitos de abuso, castigados con penas más bajas, y los de agresión sexual, con penas más altas. Así las cosas, la horquilla quedó con penas mínimas más bajas, de cuatro años, mientras que las altas se mantuvieron en los 12.
La consecuencia fue un goteo de excarcelaciones y reducciones de condena. A raíz de estos hechos, el Congreso decidió modificarla y, en casos de acceso carnal o violación, volvió a finar la mínima a la pena inicial, de seis años de prisión. Sin embargo, al futbolista se le han aplicado cuatro años porque la agresión sexual se cometió en el ínterin en el que la condena mínima era de cuatro años de prisión.
La importancia del consentimiento
Aun así, esta sentencia condenatoria pone en el centro el consentimiento de la víctima, uno de los pilares de la ley de Igualdad impulsada por la exministra de Igualdad Irene Montero. El tribunal subraya en el fallo que para la existencia de una agresión sexual no es necesario que se produzcan lesiones físicas “ni que conste una heroica oposición de la víctima a mantener relaciones”.
Basta con que la denunciante no hubiese dado su consentimiento expreso. “El consentimiento no solamente puede ser revocado en cualquier momento, sino que también es preciso que se preste el consentimiento para cada una de las variedades sexuales dentro de un encuentro sexual”.