Audiencia Provincial de Barcelona / CRÓNICA GLOBAL

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Vida

Confirman la prisión permanente revisable para el hombre que dejó morir a su novia y grabó su agonía

El Tribunal Supremo rechaza la condena por un delito de homicidio con imprudencia, reclamada por el condenado

23 marzo, 2023 14:27

El Tribunal Supremo confirma la prisión permanente revisable para el hombre que dejó morir a su pareja diabética y grabó su agonía con su móvil en Viladecans en 2019. La Sala de lo Penal ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de asesinato con ensañamiento sobre persona especialmente vulnerable.

La Audiencia de Barcelona lo condenó, además de a prisión permanente revisable por un delito de asesinato, a un año y medio de prisión por tres delitos de maltrato en el ámbito de la violencia de género --seis meses por cada uno--, a seis meses de prisión por un delito de maltrato habitual y a un año de prisión por un delito contra la intimidad por los vídeos que grabó de su pareja sin el permiso de ésta.

No la asistió

La sentencia recoge que el condenado ejercía sobre ella un férreo control y la menospreciaba tanto en público como en privado, llegando a agredirla en el marco de algunas discusiones. Además, el auto recoge que era conocedor de que ella necesitaba inyectarse insulina diariamente porque sufría diabetes.

El 17 de junio de 2019 ella lo llamó para pedirle ayuda porque se encontraba mal, sin embargo no la asistió. Durante un día, recoge la sentencia, mientras la contemplaba, el padecimiento de la mujer fue en aumento hasta sufrir una hiperglucemia que le provocó un fallo multiorgánico y, finalmente, la muerte. Según los hechos probados la muerte de la mujer no se hubiera producido si el condenado hubiera llamado a los servicios de emergencias médicas. No obstante, no hizo nada por ayudarla “porque quería que se produjera la muerte de ésta, o porque preveía que se podía producir y le daba igual que se muriera”.

Rechaza el homicidio

Además, el condenado grabó con su teléfono móvil la agonía de su pareja, vídeos que enseñó a terceros para hacerles creer que había intentado ayudarla. Por todo ello, la Sala rechaza la condena por un delito de homicidio con imprudencia, reclamada por el condenado en uno de los motivos de su recurso, y explica que los hechos encajan en el delito de asesinato.