Audiencia Provincial de Girona, que ha aplicado la 'ley del solo sí es sí' a un condenado por una violación en Blanes en 2018 / EUROPA PRESS

Audiencia Provincial de Girona, que ha aplicado la 'ley del solo sí es sí' a un condenado por una violación en Blanes en 2018 / EUROPA PRESS

Vida

El autor de una violación en Blanes se beneficia de la ley del 'solo sí es sí'

La sala considera que debe aplicarse la regulación actual dado que es más beneficiosa para el reo

29 noviembre, 2022 13:09

La sección 4 de la Audiencia de Girona ha condenado a dos años y seis meses de prisión al acusado de un delito de agresión sexual en Blanes (Girona) en 2018, en una sentencia en la que los magistrados han aplicado la legislación actual, la ley del solo sí es sí y han aplicado dos atenuantes.

El tribunal ha acordado que “necesariamente la sala debe decantarse por la legislación actual, más beneficiosa para el reo, al proponer como punto de la bajada el mínimo de la pena señalada por la ley para el delito”. Además,  le ha aplicado dos atenuantes: uno por dilaciones indebidas y otro de la reparación del daño y lo absuelve de un delito de vejaciones injustas.

Violó a su pareja

Los hechos por los que ha sido condenado se remontan a enero de 2018, cuando el acusado y la víctima, que en aquel momento eran pareja, comenzaron a discutir en el domicilio en el que residía ella en Blanes (Girona).

En un momento dado, recoge la sentencia, él se tumbó en la cama y, cogiéndola con fuerza por las muñecas, intentó besarla. La víctima intentó defenderse dándole un mordisco en el labio para evitarlo, pero él continuó con su intento de agredirla. El acusado le bajó la ropa y mientras la insultaba la agredió sexualmente. Además, la cogió del brazo, la lanzó contra el suelo y la golpeó.