Audiencia de Girona, donde han condenado al exalcalde de Vilobí d'Onyar a tres años de prisión por prevaricación / EUROPA PRESS

Audiencia de Girona, donde han condenado al exalcalde de Vilobí d'Onyar a tres años de prisión por prevaricación / EUROPA PRESS

Vida

Condenan a tres años de prisión al exalcalde de Vilobí d'Onyar por prevaricación

Las obras en la que intervino de forma fraudulenta son las de conexión de agua potable y la segunda fase de la construcción del pabellón deportivo de la localidad

26 enero, 2022 17:30

La Audiencia Provincial de Girona ha condenado a tres años de cárcel a Joan Busquets (CiU), exalcalde de Vilobí d’Onyar, por favorecer a empresas de las que era consejero delegado o administrador.

No obstante, el tribunal ha acordado la suspensión de la pena después de que Busquets reconociera los hechos y por la dilación de la causa, que se ha alargado durante siete años.

Reconoce los hechos

El Ministerio Fiscal solicitaba inicialmente para el exalcalde cinco años de prisión, una multa de 14.000 euros y 18 años de inhabilitación por los delitos de falsedad de documento público, negociaciones prohibidas y prevaricación.

Sin embargo, después de que Busquets reconociera los hechos y a consecuencia de la paralización de la causa durante siete años, la defensa y la Fiscalía han llegado al acuerdo de rebajar la pena hasta los tres años de cárcel, 1.080 euros de multa y dos años de inhabilitación por dos delitos de falsedad documental; cuatro años y tres meses de inhabilitación por prevaricación continuada y la multa de 540 euros y seis meses de prohibición de ejercer cargos públicos por el delito de negociaciones prohibidas.

No irá a prisión

El procesado no tendrá que ingresar en prisión con la condición de no volver a delinquir durante los próximos cuatro años y se ha comprometido a pagar una multa de 2.700 euros.

El escrito de la Fiscalía argumentaba que el exalcalde, que ha reconocido los hechos, presentó en 2007 una declaración oficial en la que afirmaba “no tener ninguna incompatibilidad” para el ejercicio de su cargo público así como para licitar obras públicas durante su mandato. En este documento reflejó que era administrador solidario y consejero delegado de dos empresas relacionadas con la construcción.

Elegía a sus empresas

Sin embargo, el Ministerio Público considera probado que el acusado “decidió las empresas que le convenían según sus intereses” para ejecutar obras en la población e impidió que otras empresas “válidas” pudieran optar a las licitaciones públicas.

En concreto, en unas obras de conexión de la red de agua potable, la alcaldía licitó los trabajos de manera arbitraria y ofreció realizar la obra a tres empresas, incluidas dos en las que tenía algún cargo. Finalmente, a través de la alcaldía, eligió a la empresa de la que era administrador solidario.

Subcontrataban a sus empresas

En octubre de 2009 el exalcalde decidió anular el contrato después de que la empresa “no compareciera para formalizarlo ni presentara el plan de seguridad y salud”. Por este motivo, finalmente el ayuntamiento adjudicó la obra a una empresa con la que el alcalde no tenía relación. Otro caso es el del pabellón de Sant Dalmai, donde el alcalde concedió las obras a una empresa con la que no tenía vinculación pero que subcontrató la realización del trabajo a empresas de las que el investigado era titular.