El tesoro artístico del Monasterio de Sijena no volverá a Cataluña. El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos interpuestos por la Generalitat, el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) y el Consorcio del Museo de Lleida contra la sentencia de la Audiencia de Huesca, que declaró la nulidad de las ventas de objetos artísticos del monasterio altoaragonés a la Generalitat y al museo y propició su traslado, con la intervención de la Guardia Civil.
La sentencia de la Sala de lo Civil del Supremo ha ratificado las sentencias del Juzgado de Primera Instancia y la Audiencia de Huesca que declararon la "nulidad" de las compraventas y la propiedad de los bienes en favor de la Orden Sanjuanista del Real Monasterio de Sijena.
Ventas nulas
La sentencia del Supremo avala parcialmente la que emitió la Audiencia oscense en noviembre de 2017 para confirmar a su vez la dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Huesca para concluir que las ventas eran nulas de pleno derecho y que las piezas debían de regresar a su ubicación original en el monasterio.
En su sentencia, los magistrados del Supremo reconocen la "especial complejidad" del litigio, pero consideran probado a renglón seguido que los bienes formaban parte indivisible del tesoro artístico del monasterio altoaragonés desde la fecha en que fue declarado monumento nacional, en 1923.
Pleito pendiente por las pinturas
El consejero de Educación y Cultura del Gobierno de Aragón, Felipe Faci, ha mostrado su satisfacción por la sentencia y ha mostrado su confianza en que las pinturas murales de Sijena "lleven el mismo recorrido y se devuelvan al monasterio".
Faci hace referencia a que todavía está pendiente otro litigio por las pinturas murales de la sala capitular del monasterio, con sentencias en primera instancia y de la Audiencia Provincial de Huesca favorables a Aragón recurrido por Cataluña y que aún está pendiente de resolución por el Supremo.