El TSJC avala la limitación de las reuniones sociales a seis personas en Cataluña
El tribunal considera que las restricciones obedecen a la mayor propagación del virus en el ámbito familiar
25 septiembre, 2020 16:49El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha avalado la limitación a seis personas de las reuniones sociales en la comunidad. La Sala Contenciosa ha aprobado esta restricción a excepción de las actividades docentes, laborales, culturales, deportivas, de culto, transporte público y derecho de manifestación.
El Procicat aprobó este miércoles la propuesta de las Consejerías de Salud e Interior de limitar los encuentros públicos y privados para contener la propagación del Covid-19. Durante los últimos días, la tasa de riesgo de rebrote en la región ha escalado por encima de los 200 puntos.
Contagios intrafamiliares
Según el auto, la propuesta del Govern se justifica en un informe del director de la Agencia Catalana de la Salud que constata que el contexto donde se produce más transmisión comunitaria son los ámbitos familiares y sociales.
Los datos de la agencia señalan que un 61,6% de los brotes activos y más de un 50% de los casos proceden de situaciones cotidianas como una celebración familiar o una cita en la terraza de un bar.
Duración limitada
Para el TSJC, el Govern explica "razonadamente" la necesidad de esta restricción, ajustando tanto las actividades a las que se aplica como su ámbito territorial en base a la naturaleza del riesgo. Además, limita la duración máxima en principio a 15 días.
El TSJC también ha avalado las medidas contra el brote en Reus (Tarragona), que recomiendan a la población permanecer en su domicilio y limitar el número de personas del grupo de convivencia habitual.