El caso judicial de la venta de piezas artísticas del Monasterio de Sijena a Cataluña dista de estar cerrado. El Tribunal Supremo ha admitido a trámite los recursos alzados desde la comunidad catalana en contra de las sentencias dictadas por dos tribunales de Huesca, que obligaban a las instituciones catalanas a devolver las obras al Gobierno de Aragón.
Tanto el Juzgado de primera instancia oscense dictaminó la nulidad de las ventas y obligó a la Generalitat de Catalunya, al Museo de Lleida y al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) --donde estaban depositadas las piezas más valiosas-- a devolverlas a sus dueños originarios, esto es, a la Administración aragonesa. Se interpuso un primer recurso ante la Audiencia Provincial de Huesca, que ratificó la sentencia inicial y las tres instituciones catalanas alzaron la cuestión al Supremo.
Sentencias "brillantes"
Tanto el Gobierno de Aragón como el Ayuntamiento de Sijena, los demandantes, se han mostrado convencidos de que el Supremo volverá a fallar a su favor. La razón que blanden es que las sentencias recurridas son "absolutamente brillantes" y siguen la jurisprudencia que marcó el alto tribunal en una pugna jurídica anterior, de similares características. Los magistrados decretaron la devolución de unas piezas de valor histórico y artístico en Baleares al formar parte indivisible de un monumento nacional.
La sentencia que ordenó a Cataluña el retorno de las obras del monasterio de Sijena incidió en que, cuando fueron vendidas, el monasterio ya había sido destacado como monumento nacional desde hacía décadas --en 1923--. Y además "sin contar con los permisos de las autoridades competentes", según apunta el defensor del consistorio oscense.
La Generalitat se negó a devolverlas
A pesar de las dos sentencias en contra, la Generalitat se negó a cumplir la orden judicial que le obligaba a devolver piezas. En diciembre de 2017, tras la confirmación de la Audiencia Provincial, la Guardia Civil tuvo que intervenir para llevar a cabo el traslado de las obras de tesoro artístico hasta su lugar de origen.
La negativa del Govern, por su parte, conllevó el encausamiento penal de Santi Vila, exconsejero de Cultura de la Generalitat, y de su sucesor Lluis Puig, por desobediencia. La jueza de primera instancia que sentenció esta causa decretó que ambos exconsejeros pagaran unas fianzas de 216.000 y 88.000 euros respectivamente por este delito.