Fase 1: reabren concesionarios y centros de jardinería con cita previa
Las administraciones de lotería también levantarán la persiana, y los bares y restaurantes dispondrán del 50% de las mesas en terraza
9 mayo, 2020 12:00El Boletín Oficial del Estado (BOE) incluye este sábado las actividades permitidas a partir del lunes, 11 de mayo, en aquellas regiones que han pasado a la fase 1 de la desescalada; solo se podrá circular dentro de la provincia. En el caso de Cataluña, se trata de las áreas sanitarias de Terres de l'Ebre, Camp de Tarragona y Alt Pirineu-Aran.
Según ha dejado escrito el Gobierno, la fase 1 permite la reapertura de los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección de vehículos (ITV), centros de jardinería y viveros de plantas "sea cual fuera su superficie útil" mediante la utilización de cita previa. También podrán abrir las administraciones de lotería a excepción de aquellas que se encuentren dentro de centros comerciales.
Recogida escalonada
En este sentido, podrá procederse a la reapertura al público de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales, "siempre que tengan una superficie útil de exposición y venta igual o inferior a 400 metros cuadrados", si bien se exceptúan aquellos que se encuentren dentro de parques o centros comerciales sin acceso directo e independiente desde el exterior.
Según el BOE, todos los establecimientos y locales que puedan proceder a la reapertura al público según lo dispuesto en este capítulo, "podrán establecer, en su caso, sistemas de recogida en el local de los productos adquiridos por teléfono o en línea, siempre que garanticen una recogida escalonada que evite aglomeraciones en interior del local o su acceso".
Mercadillos más pequeños y esponjados
Además, señala que cuando así lo decidan los ayuntamientos correspondientes, y debiendo comunicar esta decisión al órgano competente en materia de sanidad de la comunidad autónoma, "podrán proceder a su reapertura los mercados que desarrollan su actividad al aire libre o de venta no sedentaria en la vía pública, comúnmente denominados mercadillos, dando preferencia a aquellos de productos alimentarios y de primera necesidad y procurando que sobre los productos comercializados en los mismos se garantice su no manipulación por parte de los consumidores".
Según subraya, los ayuntamientos establecerán requisitos de distanciamiento entre puestos y condiciones de delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridad y distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.
Bares y restaurantes
"En todo caso, se garantizará una limitación al 25% de los puestos habituales o autorizados y una afluencia inferior a un tercio del aforo habitual pudiendo alternativamente procederse al aumento de la superficie habilitada para el ejercicio de esta actividad de manera que se produzca un efecto equivalente a la citada limitación", indica.
En el caso de los bares y restaurantes, se permite la apertura del 50% de las terrazas, con reuniones de hasta diez personas; velatorios con un número limitado de asistentes; y lugares de culto con un tercio de los fieles.