El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) sigue exigiendo al Govern que entregue equipos de protección individual (EPI) a los trabajadores públicos de servicios esenciales. Requiere a la Consejería de Salud y al CatSalut que facilite, "con carácter urgente e inmediato", dicho material a los empleados de todos los servicios de ambulancias de Cataluña, ya sean o no de traslados urgentes.
La sala de lo social ha estimado así las medidas cautelarísimas solicitadas por el sindicato Usoc. El auto, emitido este martes detalla que se debe dotar a los trabajadores de batas impermeables, mascarillas FPP2 y FPP3, gafas de protección, guantes, recipientes de residuos, solución alcohólica para desinfección, y productos de desinfección para los vehículos.
Médicos y Mossos
No es la primera vez que el citado tribunal advierte al Govern de la necesidad de ofrecer material de protección a los servicios esenciales. La misma sala ya ha adoptado medidas cautelarísimas para entregar EPI a trabajadores de servicios esenciales como médicos, a raíz de las peticiones del sindicato Metges de Catalunya (el martes 31 de marzo); y Mossos d’Esquadra, tras las denuncias de Uspac (el miércoles 1 de abril), y de la Trisindical (el martes 6).
En el caso de las ambulancias, Usoc demanda que la entrega de mascarillas y material de protección se lleve a cabo en 24 horas. El tribunal, en cambio, no fija ningún plazo, algo que sí hizo en los casos anteriores.
"Singularidad"
El auto del TSJC ya es definitivo, no admite recurso. Destaca frente a los acuerdos previos que esta petición "presenta la singularidad de tener como actuantes al personal de ambulancias que presta sus servicios para todos los centros hospitalarios, domicilios, y espacios habilitados para el mismo efecto".
El tribunal no ha tomado declaración a las partes debido a la urgencia de la medida, tal y como ya hizo para los médicos y los agentes de Mossos. Alega que "los riesgos relacionados con la exposición al coronavirus en el ámbito laboral concurren en el personal sanitario asistencial y no asistencial, en supuestos de atención a casos confirmados o en investigación".
Competencias
Los magistrados recuerdan que conocen la situación de la “escasez de estos medios” que vive el país. En este sentido, pese a tomar las medidas cautelarísimas, matizan que el auto no tiene como objeto, ya que no es de su competencia, "declarar la prioridad que las autoridades gubernativas han de establecer" al repartir el material.
Aun así, insiste en que "la prevención de riesgos ha de pasar forzosamente por dotar a quienes se encuentran expuestos a los mismos de los necesarios equipos de protección", como mossos, médicos y personal de ambulancias. En este sentido, recuerda que pese a que el estado de alarma centra las competencias en el Ministerio de Sanidad, éste no ha quitado la gestión de los servicios sanitarios al Govern ni al resto de administraciones, y son ellas las que deben asegurar su correcto funcionamiento.