El Año Nuevo esta ya al caer y, con él, la nueva forma de circular dentro de Barcelona. El próximo 1 de enero entrará ya en vigor la normativa que regula los vehículos autorizados para transitar dentro de la ciudad y aquellos que quedan excluidos. La denominada Zona de Bajas Emisiones (ZBE) será el área comprendida entre las dos grandes rondas. Una superficie en la cual estará restringido el paso de los vehículos más contaminantes, con el objetivo de reducir la polución, mejorar la calidad del aire y, con ello, la salud de todos los barceloneses. Medidas con las que el ayuntamiento espera reducir un 15% los niveles de nitrógeno y partículas en suspensión y la mortalidad por esta causa a partir de 2020.
Para poder circular a partir del próximo miércoles, será indispensable disponer de la etiqueta ambiental expedida por la Dirección General de Tráfico (DGT). En caso de no tenerla, habrá que hacerlo dentro del horario nocturno fijado por el consistorio, o bien con permisos especiales; en caso contrario, se corre el riesgo de ser multado.
Las restricciones afectarán a un 20% del parque móvil de la ciudad y, antes de ponerse en marcha, la medida ha generado bastantes quejas y dudas por parte de los usuarios. Por ejemplo, sobre qué vehículos están vetados, las excepciones existentes o qué hacer en caso de no poder circular. A continuación, detallamos algunas de las respuestas del consistorio a las preguntas más frecuentes que se le plantean.
¿Cuál es la zona afectada por la ZBE?
El área de 95 kilómetros cuadrados comprendida entre la Ronda Litoral y Ronda de Dalt --por las cuales sí podrán circular los vehículos más contaminantes sin distintivo ambiental--, parte de Collserola y parte o la totalidad de los municipios de L’Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs.
¿En qué horarios se podrá circular sin etiqueta?
Los vehículos sin distintivo de la DGT sólo pueden circular dentro de la ZBE entre semana, de 20:00 h de la noche a 7:00 h de la mañana, así como los días festivos, que es cuando no estará vigente de manera fija, según establezca la ordenanza reguladora.
¿Qué multas hay en caso de incumplimiento?
Las multas oscilarán entre los 100 y los 1.803 euros, en función del tipo de vehículo y la gravedad de la infracción cometida. Pese a ello, se establecerá un período inicial de adaptación de tres meses, por lo que las multas entrarán en vigor a partir de abril. En ese primer trimestre, se tramitarán avisos, y no sanciones.
Las multas de infracciones leves irán de los 100 a los 499 euros. Las graves, de 500 a 999 euros. Y las muy graves serán de hasta 1.803 euros. Estas últimas se darán en el caso de los vehículos más contaminantes que circulen por la ZBE en episodios de contaminación del aire declarados por la Generalitat. Si hay reincidencia, las sanciones pueden incrementarse un 30%.
Si un vehículo no deja de circular de forma ilegal por la ZBE puede recibir una segunda sanción 90 minutos después de la primera.
¿Qué coches no pueden entrar en la ZBE?
Todos aquellos que no dispongan de la etiqueta medioambiental de la DGT en las franjas horarias en las que esté activa la ZBE. Se trata de los siguientes:
- Turismos con motor de gasolina matriculados antes de enero del 2000.
- Turismos diésel matriculados antes de enero de 2005 o 2006.
- Furgonetas matriculadas antes del 1 de octubre de 1994, previos a la normativa Euro 1.
- Motocicletas y ciclomotores matriculadas antes de 2003, antes de la normativa Euro 2.
¿Qué excepciones existen?
Los vehículos sin etiqueta medioambiental de la DGT pueden solicitar hasta diez autorizaciones de 24 horas cada una al año para circular dentro de la ZBE. Para pedirlas, es necesario estar dado de alta en el Registro metropolitano de vehículos de la AMB. La solicitud debe hacerse antes de las 23:59 h del día anterior al que se quiera circular. Cada permiso tiene un coste de dos euros.
En caso de urgencia médica y no poder solicitar dicho permiso, los afectados estarán autorizados a reclamarlo en los tres días posteriores. En caso de ser multado bajo esa circunstancia, el conductor puede revertir la sanción presentando su justificante médico y la confirmación del permiso.
Quedan excluidos del veto:
- Los vehículos de personas con movilidad reducida (VPMR).
- Los vehículos de servicios de emergencias: policía, bomberos y ambulancias.
- Los vehículos de servicios esenciales: médicos y funerarios.
- Vehículos que transporten personas con enfermedades diagnosticadas que les condicionen el uso de transporte público.
Disponen de una moratoria de un año (hasta 2021):
- Vehículos profesionales: furgonetas, autobuses, autocares y camiones. Tendrán tiempo para adaptarse a la nueva normativa hasta el 1 de enero de 2021, fecha a partir de la cual se les podrá multar en caso de incumplimiento.
- Las personas que hayan acreditado tener rentas bajas --ingresos inferiores a 8.000 euros anuales-- que necesiten su vehículo en su actividad profesional. Éste deberá estar inscrito en el registro metropolitano.
Algunos vehículos de servicios también podrán acceder de forma esporádica sin etiqueta en caso de necesidad: coches blindados, de taller o laboratorio, adaptados para la venta o exposición, grúas, hormigoneras, unidades móviles, vehículos para ferias, dedicados al riego asfáltico y los empleados para señalizar calzadas.
¿Cómo se obtiene la etiqueta de la DGT?
Si no se ha recibido a domicilio, es necesario reclamarla en la oficina de Correos, presentando el permiso de circulación. También puede solicitarse en la propia DGT --solicitando hora previa-- o a través de talleres mecánicos asociados al Gremio de Talleres de Reparación de Automóviles de Barcelona. Su precio es de 5 euros.
¿Cómo saber si se puede tener el distintivo?
Existen diferentes vías para saber si el vehículo puede disponer de la etiqueta de la DGT. Se puede comprobar a través de la web de la DGT, de la del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) o bien en la del Ayuntamiento de Barcelona.
¿Se podrán usar filtros antipartículas?
En la actualidad, la DGT estudia la posibilidad de homologar filtros antipartículas para determinados vehículos antiguos. Según el ayuntamiento, esta opción sólo se contemplaría en el caso de los transportes pesados --camiones y autocares-- para que puedan obtener la etiqueta medioambiental.
¿Qué incentivos y ayudas existen?
El Ayuntamiento de Barcelona tiene previsto incentivar la retirada o el desguace de los vehículos más contaminantes otorgando a sus propietarios la denominada T-Verde, una tarjeta personal que permitirá hacer desplazamientos gratuitos durante tres años en las seis zonas del transporte público del AMB. El vehículo debe darse de baja seis meses antes de solicitarla, y su dueño, comprometerse a no adquirir otro durante dicho trienio.
¿Qué pasará con los vehículos extranjeros?
Las restricciones serán las mismas para los vehículos matriculados en el extranjero. Sus propietarios deberán pedir la autorización previa del AMB para poder circular en la ZBE. El precio del permiso es de dos euros si es de un día, o de cinco, si su duración es más larga.
¿Cómo se controlará la ZBE?
El sistema de control y reconocimiento será automático, mediante unas setenta cámaras que podrán leer las matrículas y saber así si los vehículos están autorizados a circular o no.
Estos dispositivos, y la ayuda de la Guardia Urbana, son las herramientas con las que el ayuntamiento confía en que la aplicación de la nueva normativa se haga de forma correcta.