Propietarios han denunciado en infinidad de ocasiones su situación de indefensión ante los okupas. La ley --que también recoge el derecho de los ciudadanos a una vivienda digna-- dificulta que el dueño de un piso pueda echar a los individuos que se instalan en él o se niegan a irse pese a no hacer frente al alquiler. Además, deben hacer frente a las cuotas de suministro, que la propia normativa les impide dar de baja. Pues bien, el marco jurídico también empuja a los usuarios a okupar para poder acceder a un techo de emergencia.
Así sucede en Barcelona, donde para formar parte de la lista de espera, el usuario debe contar con una orden de desahucio. ¿Qué implica? Que inquilinos se queden en las viviendas sin hacer frente a las cuotas, o una vez vencido el contrato, hasta que el propietario denuncia y el juez fija la fecha del desalojo. Esa fue la recomendación que un empleado del Consorci de l’Habitatge de la capital catalana dio a una mujer de 53 años, con una hija menor, cuyo contrato de arrendamiento finaliza el 30 de septiembre.
Orden de desahucio
Esta madre separada, que pide no revelar su identidad, ha facilitado a Crónica Global unas grabaciones en las que, tras solicitar acceder a una vivienda de urgencia --no puede hacer frente a un nuevo alquiler más la fianza--, un empleado del organismo público le explica que, si ella no abandona el piso, los propietarios le pueden interponer una demanda y que con ésta ya "podrá tramitar la petición de emergencia". También le cuenta que puede que el lanzamiento llegue antes de que le adjudiquen un nuevo hogar, por la larga lista de espera. Pero le especifica que así "ganaría tiempo", aunque "lo ve justo, tal como está el patio". "Hasta el final del juicio no habrá una fecha que te indique cuándo tienes que marcharte, y esto te da más meses”, apunta.
El trabajador continúa: “El propietario no podrá decirte que te marches. Se acaba el contrato y puede presentar una demanda. Este proceso lleva unos meses, y te da tiempo para encontrar una solución". La mujer inquiere qué hace normalmente la gente, y el empleado de Habitatge le contesta: “Normalmente se quedan". Y añade: "Como esta situación la está viviendo, por desgracia, tanta gente, la lista de espera es muy larga".
"Cuando el juez lo dice"
Esta barcelonesa se muestra sorprendida por el consejo. "¿Dónde está la ayuda? ¿Tengo que incurrir en un delito para recibirla?", cuestiona. A pesar de tener un empleo, no encuentra una vivienda de alquiler en su ciudad que pueda pagar. ¿Irse fuera? Comparte con su expareja la custodia de su hija, y puede ser un problema. La niña es el motivo de que tampoco pueda plantearse mudarse a una habitación. Es menor y necesita un hogar. En estos momentos, destina más del 60% de sus ingresos al arrendamiento.
Durante su conversación en la sede de Habitatge de Sants, la afectada manifiesta a uno de los empleados que no sabe qué hacer, ante la opción de quedarse en el piso cuando finalice el contrato. "Si no has encontrado una vivienda antes, quédate", la sugiere. Es más, después de escuchar su desesperación, éste confiesa: "Todo lo que nosotros hacemos aquí, son parches. Si la política de vivienda fuese eficiente, no haríamos falta".
La denuncia de la afectada es que, ante la ausencia de alternativa habitacional, le recomiendan okupar, esperar una demanda judicial y, con ella, la posterior orden de desahucio. El Ayuntamiento no ha querido responder a los requirimientos informativos de este medio sobre las recomendaciones que recibió la denunciante por parte del empleado público. Lo que deja patente la situación en la que se encuentra esta mujer, y los consejos que ha recibido, es la ineficiencia de las políticas de vivienda, que empujan a personas en situación de vulnerabilidad, a incurrir en una ilegalidad, la okupación, para no quedarse en la calle.