Videovigilancia en empresas: ¿pueden grabar los jefes a sus empleados mientras trabajan?
El Ministerio de Justicia prepara una nueva ley de protección de datos que reaviva el debate sobre el control laboral
14 julio, 2017 00:00Grabar a los empleados en sus horas de trabajo no está prohibido, y el empresario no siempre tiene la obligación de avisar. Los criterios legislativos que delimitan la videovigilancia laboral no son automáticos; dependen de cada caso. El Ministerio de Justicia prepara una nueva ley de protección de datos, ahora en exposición pública, que reaviva el debate sobre el control laboral.
Las dudas se encuentran en dónde establecer el límite entre los derechos de los trabajadores y la capacidad de control que la normativa reconoce al empresario. Las sentencias judiciales en casos concretos de grabación de empleados se pueden encontrar en ambos sentidos.
Por una parte, algunos tribunales han avalado que las cámaras apunten a empleados. Por otra, están los que han sentenciado a favor de los trabajadores y niegan la legitimidad de grabarlos o de hacerlo sin su conocimiento.
El criterio de proporcionalidad
Para saber si puede instalar cámaras de videovigilancia que apunten a sus empleados, un empresario tiene que basarse, en un principio, en el criterio de proporcionalidad. ¿Es exagerado grabar a los trabajadores o está justificado? El control del rendimiento laboral, por ejemplo, no suele ser una razón suficiente.
“Si se trata de un caso de observación sistemática, con imágenes que encuadran el ordenador de algún trabajador para ver cuántas horas trabaja o cuántas veces va al baño, es desproporcionado”, indica Santiago Farré, jefe de la asesoría jurídica de la Autoridad Catalana de Protección de Datos (APDCat).
Una sentencia de 2013 sobre el despido de un gerente de la Universidad de Sevilla, así lo dictó. Se trataba de unas cámaras de seguridad situadas en los accesos y que grabaron al empleado “haciendo tonterías” en horas laborales. “Como el fin del vídeo era garantizar la seguridad del centro, el tribunal consideró que no se podía usar para controlar al trabajador”, según Farré.
La función de las cámaras
Una vez determinada la proporcionalidad para instalar un sistema de videovigilancia, hay que aclarar la necesidad de comunicárselo a los empleados. “Existen algunas sentencias que avalan las cámaras ocultas, pero en casos contados como en los que desaparecen mercancías, y que, por tanto, el trabajador comete un delito”, explica el experto.
El dictamen más reciente sobre el asunto es de marzo de 2016 y hace referencia a un caso similar. La compañía situó encima de la caja una cámara ante los problemas de cuadrar las cuentas y las sospechas de que alguien robaba. Al tratarse de una cámara de seguridad, la empresa no avisó a los trabajadores, aunque situó un cartel informativo en el escaparate.
Avisar ya no es imprescindible
Las imágenes permitieron confirmar que uno de los empleados sustraía dinero de la caja, y fue despedido. “En este caso no se trataba exclusivamente de control laboral, sino que también era un tema de seguridad”, indica Farré. El Tribunal Constitucional avaló la actuación de la compañía.
Esto creó jurisprudencia. Mientras que antes era imprescindible que hubiera una comunicación “previa, expresa, precisa, clara e inequívoca” a los empleados de que se instalaba un sistema de videovigilancia, ahora esto ha cambiado, según el caso.