El apellido paterno dejará de tener preferencia en España a partir del 30 de junio, cuando entrará en vigor la reforma del Registro Civil. Ahora, para inscribir a un hijo, los padres deberán ponerse de acuerdo en el orden de los apellidos.
Desde 2000, está permitido inscribir al niño o la niña con el apellido de la madre en primer lugar, siempre que los padres envíen una solicitud al juez encargado del Registro Civil y una declaración de mutuo acuerdo.
En caso de no existir consenso, se daba preferencia por defecto al apellido paterno. Pero ahora, con la entrada en vigor de la nueva ley, la cosa cambia. Si los padres no se ponen de acuerdo o no especifican el orden será el propio Registro Civil quien lo establezca.