Menores acosadores: reeducación o internado
Condenados a tareas socioculturales unos jóvenes, vecinos de Jaén, que vejaron a una compañera de clase que sufre una discapacidad del 30%, a la que grabaron y cuyas imágenes difundieron
24 diciembre, 2016 21:00El Tribunal Supremo ha condenado a dos años y seis meses de tareas socioeducativas a dos menores de edad, vecinos de Jaén, culpables de acoso escolar y de haber difundido las imágenes de sus fechorías a través del móvil.
El alto tribunal les condena a un taller de “educación en valores y de refuerzo escolar”. Se trata de una sentencia no habitual que incluye “la permanencia en el domicilio de los dos menores condenados durante el tiempo de la pena por los delitos contra la integridad moral y por un delito de revelación de secretos”.
La sentencia considera probado que el día 17 de diciembre del 2015 los dos acusados captaron la imagen de una menor (que sufre una discapacidad de 33%) mientras estaba orinando en el instituto de enseñanza media en el que todos ellos cursaban sus estudios. Uno de los menores difundió la imágenes con la intención, dice el tribunal, de vejar a la víctima.
Vejaciones crueles
El Supremo también entiende como acreditado que el día 26 de diciembre del años pasado los dos menores, “tras ponerse de acuerdo con otros muchachos de 14 años, cogieron a la víctima por los pies y la introdujeron en un contenedor de basuras, unos hechos que también grabaron, así como el momento en que la obligaron a chupar la deposición de un perro”.
Educación frente a represión
Dice la sentencia que esos trabajos socioeducativos “son medidas aptas y proporcionales y que se trata de trasladar a los menores un esquema de valores apropiado a su edad, para construir su desarrollo personal asentando firmemente valores como la empatía, el respeto a los demás y la participación integradora en una sociedad compuesta por personas con diferentes capacidades, sentimientos y habilidades”.
La reclusión domiciliaria tiene como objetivo, según el tribunal, “que reflexionen sobre su conducta y eviten espacios de ocio propensos a la realización de la conducta objeto de condena”.
Los menores deberán pagar 5.000 euros a la víctima por daños morales.