El Síndic de Greuges Rafael Ribó en una imagen de archivo / EUROPA PRESS

El Síndic de Greuges Rafael Ribó en una imagen de archivo / EUROPA PRESS

Política

El juez descarta que el viaje a la Champions pagado al Síndic Ribó fuera un soborno

La causa por un presunto delito de cohecho contra el defensor del pueblo catalán ha sido archivada de forma "provisional"

22 abril, 2020 14:21

El juez de la Audiencia Nacional que investigaba los viajes pagados al Síndic de Greuges Rafael Ribó no ve indicios de que fueran actos de soborno. Por ello ha decidido acordar el sobreseimiento provisional de la causa. 

La decisión afecta tanto a Ribó como a Jordi Soler, el empresario que se hizo cargo de los costes de que tanto el defensor del pueblo de Cataluña y su familia fueran a la final de la Champions League de 2015, celebrada en Alemania. La Fiscalía Anticorrupción pidió investigar estos hechos por considerar que había indicios de un delito de cohecho --en el caso de Ribó, se consideraba cohecho pasivo impropio--. 

Falta de indicios "fundados y serios"

José de la Mata, magistrado que se ha hecho cargo del caso, ha decidido archivarlo porque considera que faltan detalles que sostengan la actividad delictiva del cargo público y del empresario.

En el auto se incluye que "no existen indicios fundados y serios que permitan afirmar sólidamente que el regalo realizado" por Soler fuera "en consideración" al cargo de Ribó. Es decir, que no ve probado que fuera un acto para ganarse sus favores, lo que deja esta conducta a "extramuros del derecho penal".

Relación con el 'caso 3%'

La investigación sobre el Síndic Ribó surgió en relación del conocido como caso 3%, centrado en la corrupción en el entorno de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC). El susodicho viaje tuvo un coste decoste de 39.000 euros y fue facturado a través de varias empresas de Soler: Electromecánica Soler, Grup Soler Constructora y Soler Global Service.

Anticorrupcón alegó en su escrito de denuncia que el político incurrió en el delito ya que "no solo" aceptó la invitación de Soler sino que, además, "toma iniciativa para obtener un mayor beneficio al solicitar expresamente que también sea invitada su hija". A lo que le suma, además, que entre Ribó y Soler no existen "relaciones de amistad o afecto". Algo que sí ve --aunque con reservas-- el juez De la Mata.

Relación entre Ribó y Soler

El magistrado considera que ambos investigados han aportado "explicaciones razonables que contextualizan el desplazamiento en meras relaciones amicales" lo que podría sostener la invitación a la final de la Champions a la que Ribó y sus allegados fueron invitados. El auto judicial cita que no puede considerarse probado que el Síndic fuera admitido en la "excursión aérea [...] en consideración a su cargo, sino por razones ajenas a esta función pública".

No consta relación directa entre el Síndic y Soler, sino que la participación del primero en el viaje parece deberse a la intervención de Ramón Camp, con quien le unía una relación de amistad y que fue quien preguntó al empresario si podían unirse. Además de ello, las pruebas apotadas no acreditan "la existencia de relaciones comerciales, empresariales o contractuales de clase alguna" entre el Síndic y el empresario, según estipula el magistado