Los diputados del Parlament (en la imagen) deben realizar declaraciones sobre su patrimonio / EFE

Los diputados del Parlament (en la imagen) deben realizar declaraciones sobre su patrimonio / EFE

Política

¿Quién controla el patrimonio de los cargos públicos?

Ni el Parlament, ni el Govern ni los ayuntamientos comprueban la veracidad de las declaraciones de intereses que realizan sus representantes

26 marzo, 2018 00:00

Sabemos, porque así los dicen los portales de transparencia de las administraciones, que un diputado catalán comparte al 50% uno, dos o tres pisos de propiedad. O el número de coches que tiene un alto cargo del Govern. Pero, ¿se comprueba la veracidad de esos datos declarados? La respuesta es no. Saber si parlamentarios, gobernantes o alcaldes dicen la verdad en sus declaraciones de intereses requiere recursos personales y económicos que los dos órganos independientes que podrían asumir ese rol, la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) y la Sindicatura de Cuentas, actualmente no tienen.

Y aunque se ha avanzado en materia de transparencia, lo cierto es que determinadas normas pueden quedar el papel mojado si no se adoptan medidas como Francia, donde la Alta Autoridad para la Transparencia de la Vida Pública ejerce un papel muy activo en el examen del contenido de las manifestaciones.

19.000 cargos públicos

Cerca de 19.000 cargos públicos catalanes están sometidos a ese régimen de declaraciones de intereses. Los diputados del Parlament están obligados a presentar una declaración de actividades profesionales, una de patrimonio, una tributaria anual y una de intereses económicos. Voluntariamente, pueden presentar una complementaria sobre actividades profesionales anteriores al cargo y relativas a su cónyuge. Los diputados están obligados a presentar cualquier modificación que se produzca en su patrimonio, así como una declaración de bienes cuando abandonan el cargo.

El director de la Oficina Antifraude de Cataluña, Miquel Àngel Gimeno / CG

El director de la Oficina Antifraude de Cataluña, Miquel Àngel Gimeno / CG

El director de la Oficina Antifraude de Cataluña, Miguel Ángel Gimeno

Los presidentes, miembros del Govern y los altos cargos también están obligados a presentar su informe de actividad y de patrimonio, extensiva a sus cónyuges y familiares de primer grado (siempre que éstos consientan). También deben presentar una complementaria de los familiares hasta segundo grado de consanguinidad que ocupan lugares en la administración. Están obligados a actualizar los datos y presentar sus declaraciones de Hacienda.

Los cargos electos locales informan sobre causas de posible incompatibilidad, sobre los bienes patrimoniales y de participaciones en sociedades en el momento de la toma de posesión y cuando se abandona el cargo. También deben actualizar esos datos.

Por su parte, los empleados públicos no tienen ninguna obligación de informar sobre sus intereses.

Estudio de la OAC

Entre octubre y diciembre de 2015, la OAC hizo un estudio de campo de las declaraciones de intereses de las administraciones públicas. Los altos cargos del Govern y las personas obligadas del ámbito local presentaron 8.117 informes con motivo de la toma de posesión, pero solo 323 por modificaciones de hechos declarados durante el período examinado, lo que representa un 4% del total.

Los altos cargos de la Generalitat presentaron 324 notas de actividades, otras 326 de patrimonio e intereses con motivo de la toma de posesión y 116 por cese. La diferencia se puede basar en el hecho de que esos cargos hayan renovado o porque tienen tres meses para presentar las declaraciones de cese.

El ámbito local

Pero es en el ámbito local donde más desfase detectó la OAC: 5.935 informes por cese frente a 7.424 por posesión del cargo. El número de informes anuales fue extremadamente bajo, 331. En el marco de ese estudio, la Generalitat admitió que no comprobaba su veracidad, mientras que el 80% de los ayuntamientos informó de que no había hecho ninguna comprobación.

Las irregularidades más frecuentes se producen en ese ámbito municipal, donde se presentan notas de forma incompleta o no informan de las modificaciones producidas en su patrimonio. Sin embargo, ni la legislación local ni el Código Penal contempla un tipo específico en caso de omisiones o falsedades en esas informaciones.