El rapero Valtònyc, durante una actuación / CG

El rapero Valtònyc, durante una actuación / CG

Política

Puigdemont y Valtònyc revientan las costuras europeas

La negativa a extraditar al rapero evidencia por segunda vez la quiebra de la confianza mutua entre jueces de la eurozona, donde países como Italia o Francia comienzan a cuestionar Schengen

18 septiembre, 2018 00:00

¿Por qué existe libre circulación de personas en la Unión Europea, pero no de resoluciones judiciales? Los expertos consideran que los países que forman parte del club europeo se resisten a perder su soberanía. Y también los jueces que forman parte del mismo. Juristas consultados por Crónica Global admiten que, a pesar de los estándares judiciales europeos que un día se exigieron a España, el sistema de euroorden no implica el automatismo en su aplicación. Se trata, dicen, de un nuevo revés para el proyecto europeo, en un momento en que países como Francia o Italia cuestionan también el espacio Schengen.

¿Hay que reformar el sistema de euroorden? El catedrático de Derecho Procesal de la Universitat de Barcelona (UB), Jordi Nieva-Fenoll, considera que no es necesario realizar cambios porque “creo que, en general, funciona bastante bien. El problema en el caso de Puigdemont fue calificar como rebelión lo que a todas luces no lo es, y en el caso de Valtònyc, parece que el problema puede haber sido calificar como "terrorismo" una canción.

Confianza mutua entre jueces

Explica que el sistema de la euroorden “está basado en la confianza mutua entre jueces”, pero esa confianza “no debe ser confundida con una obediencia a resoluciones incomprensibles”. En ese sentido, explica que ni siquiera entre jueces españoles existe una obligación de confianza ciega. 

En el caso del delito por enaltecimiento del terrorismo imputado por la Justicia española al rapero, el juez belga considera que no existe doble incriminación, ya que el delito no está tipificado en el país. En cuanto a las amenazas, el Código Penal solo las castiga cuando se producen por escrito y no en forma de canción. 

Finalmente, los insultos a la Corona tampoco las ve como un delito. Bélgica considera que la quema de fotos del rey Felipe VI forma parte de la libertad de expresión. Y ha invocado la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, que sentó un precedente con una sentencia referida a estos casos en España. 

Estándares judiciales

Más crítico con el sistema judicial europeo se muestra el penalista Pere Lluís Huguet, expresidente del Consejo de la Abogacía catalana. Pero admite que la resolución del tribunal belga sobre Valtònyc “es un palo tremendo para España”. Explica que “un requisito para entrar en la UE es cumplir con una serie de estándares judiciales. Y el espíritu de la euroorden residía precisamente en esos estándares y en la confianza mutua ente países. Pero existe un problema eterno en la eurozona, que es la resistencia de los países a perder su soberanía.

Asegura que España ha sido mucho más generosa a la hora de acatar euroórdenes. Y advierte de que a esta falta de confianza se une el posible fracaso de Schengen, ya que “hay países que comienzan a cuestionar la libre circulación. Francia lo hizo en materia de terrorismo mientras que Italia lo hace sobre inmigración”.

La "generosidad" española

En 2016, la Audiencia Nacional recibió 785 órdenes de detención y entrega procedentes de 26 de los 28 estados miembros de la UE. La mayoría de las peticiones llegaron de Rumanía (202), Alemania (105) y Francia (100) y se concedieron sin entrar a valorar los tipos penales.

Las normas que regulan la euroorden incluye 32 delitos en los que las extradiciones se realizan de forma automática. Fuera de esa lista, los países analizan la doble tipificación. Y mientras España aplica criterios amplios, Bélgica ha sido restrictiva. En el caso de Puigdemont, el delito de malversación se encuentra entre esos 32 tipos delictivos, pero la rebelión con concuerda con el Código Penal alemán, que incluye la alta traición –se condena con cadena perpetua-- pero, en el caso del expresidente, no se apreció la violencia necesaria para devolverle a España por ese delito.