La ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría; la ministra de Política Territorial y Portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, y la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que ha decidido recurrir la ley antidesahucios / JESÚS HELLÍN - EUROPA PRESS

La ministra de Educación y Formación Profesional, Pilar Alegría; la ministra de Política Territorial y Portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, y la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, en una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que ha decidido recurrir la ley "antidesahucios" / JESÚS HELLÍN - EUROPA PRESS

Política

La ley antidesahucios de Cataluña afecta a la propiedad privada, según el Gobierno

El Ejecutivo considera que “concurren los requisitos formales y materiales para la impugnación”

6 diciembre, 2022 00:44

El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha decidido recurrir ante el Tribunal Constitucional el artículo 12 de la ley “antidesahucios” de la Generalitat de Cataluña.

Tal como ha informado La Moncloa, el Ejecutivo considera que este apartado de la ley “afecta a la regulación de la propiedad privada y vulnera el principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos”.

La ley

El artículo 12 de la ley, publicado en el BOE el 17 de marzo de 2022 con el objetivo de afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda, hace referencia al ofrecimiento de propuesta de alquiler social "por falta de título jurídico que habilite la ocupación de la vivienda, si el demandante tiene la condición de gran tenedor de acuerdo con el artículo 5.9.a y c", bajo unas circunstancias concretas.

Algunas de estas condiciones son “que la vivienda esté inscrita en el Registro de viviendas vacías y de viviendas ocupadas sin título habitable”, que los ocupantes “acrediten que la ocupación se inició antes de junio de 2021” o que estos no hayan rechazado ninguna opción de realojamiento social que les haya ofrecido la administración pública. También entra en la cuestión “que los servicios municipales emitan un informe favorable sobre el cumplimiento de los parámetros de riesgo de exclusión residencial por parte de los ocupantes y sobre su arraigo y convivencia en el entorno vecinal”. 

Lo que dice el Gobierno

Tras un acuerdo alcanzado con la Generalitat, el recurso presentado afectará solamente a esta parte de la ley, que tendría, según el Gobierno, un efecto en “la competencia en materia de legislación civil y supondría asimismo una vulneración del principio de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos” de los artículos 14 (igualdad) y 149.1.18ª (competencia exclusiva del Estado en legislación sobre expropiación forzosa) de la Constitución

El Ejecutivo considera que “concurren los requisitos formales y materiales para la impugnación” y asegura que el Consejo de Estado y el Consejo de Garantías Estatutarias ya han emitido dictámenes que avalan el recurso.