Imagen de Guardias Civiles poniendo multas durante Semana Santa / EP

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Política

Un grupo de juristas pone en duda las sanciones por incumplir la reclusión

Profesionales del derecho instan al Defensor del Pueblo a que recurra el estado de alarma ante el Constitucional porque, en realidad, se ha aplicado el estado de excepción

20 abril, 2020 14:09

Un grupo de juristas, abogados, profesores y catedráticos de derecho constitucional se han plantado ante las medidas adoptadas por el Gobierno de Pedro Sánchez. Consideran que el Estado de alarma es excesivo y que, en realidad, tal y como se ha aplicado, es un estado de excepción. Por ello, se reclama que las sanciones propuestas por las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado o policías autonómicas y locales se anulen y se archiven sin “sanción alguna”.                                   

El grupo de juristas ha presentado un escrito ante el Defensor del Pueblo en el que se le insta a impugnar ante el Tribunal Constitucional (TC) los reales decretos que ha dictado el Gobierno para declarar el Estado de Alarma por la pandemia del Covid-19, “a la vista de la inconstitucionalidad” manifiesta de toda esa normativa, que procede, según este grupo de profesionales del derecho, “a la mayor suspensión de derechos fundamentales en la historia de nuestra democracia”.

Multas "nulas de pleno derecho"

En el caso de la petición de la anulación de las sanciones, el argumento es que la vulneración del decreto del estado de alarma, de aquellas personas que se saltan el confinamiento, para poder aplicar esas sanciones, pasa necesariamente “por un requerimiento expreso e individualizado por parte del agente de la autoridad que no resulte atendido por el destinatario de dicho requerimiento”. Por tanto, la infracción sólo concurrirá cuando, habiendo incumplido el particular las limitaciones del estado de alarma, sea requerido para su cumplimiento por el agente de la policía local y el particular lo desatienda. Y ese requisito no se cumple, deben considerarse todas las sanciones impuestas desde que se decretó el estado de alarma “nulas de pleno derecho y por ende deben ser anuladas y archivadas sin sanción alguna para los ciudadanos denunciados”.

Se trata de una ofensiva judicial, al considerar que el Gobierno ha cometido excesos. Los juristas han elaborado un escrito de 62 páginas que firman, entre otros, el abogado Sergio Nuño Díez de la Lastra; el exjuez y abogado Carlos Vaquero; el profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos, Santiago Carretero; los letrados Miguel Ángel Salom y Rafael Abati y dos catedráticos de Derecho Constitucional, Carlos Flores, de la Universidad de Valencia y Carlos Ruiz Miguel, de la Universidad de Santiago de Compostela.

Contra las órdenes ministeriales

La petición al Defensor del Pueblo es clara: consideran que debe presentar un recurso de inconstitucionalidad contra los reales decretos dictados para la implantación y prórrogas del estado de alarma. Se entiende que debe presentar un recurso de amparo contra las órdenes ministeriales que acabaron limitando la actividad económica a los denominados sectores esenciales, y también las órdenes que permiten la geolocalización, el despliegue militar de la denominada Operación Balmis, y también contra las medidas restrictivas en el interior de las prisiones y contra los 61 acuerdos de la Mesa del Congreso por los que se suspende prácticamente la actividad parlamentaria.

En España, se ha llevado a cabo el confinamiento, más restrictivo que en otros países, “a través del instrumento jurídico equivocado, desde el momento en que las atribuciones que el estado de alarma confiere a la autoridad gubernativa no consienten la suspensión de los derechos, mientras que el Real Decreto que lo declaró restringe de forma muy intensa derechos como el del trabajo, el de libertad de empresa, la libertad de circulación, los derechos de reunión y manifestación hasta el extremo de poderse sostenerse que nos hallamos ante una suspensión de los mismos en toda la regla". Consideran que las medidas adoptadas, en realidad, han sido más propias del estado de excepción.

Un golpe directo a la actuación del Gobierno, que ahora el propio Defensor del Pueblo deberá decidir si sirve o no para presentar ese recurso frente al Tribunal Constitucional.