La expresidenta del Parlament, Laura Borràs Europa Press
Laura Borràs evita la cárcel a cambio de un curso de prevención de la corrupción
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha descartado que haya riesgo de posible reincidencia en los delitos de falsedad y prevaricación por los que fue condenada la expresidenta del Parlament
Más noticias: El TSJC ejecuta el indulto de Laura Borràs y deja en dos años su pena de prisión
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El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha suspendido el ingreso en prisión de la expresidenta del Parlament Laura Borràs, tras el indulto del Gobierno, a cambio de que la política de Junts atienda a un curso de prevención de la corrupción y se comprometa a no delinquir en cinco años.
Borràs fue condenada a una pena de dos años por el amaño de contratos cuando dirigía la Institució de les Lletres Catalanes.
Tras descartar la existencia de indicios de posible reincidencia, la Sala Civil y Penal ha acordado suspender la pena de cárcel, la cual ha conmutado por "un programa formativo sobre contenidos específicos y directamente relacionados con los fines que deben guiar la actuación de las administraciones públicas".
Indulto parcial
El TSJC planteó en marzo de 2025 la posibilidad de reducir la pena de prisión de Borràs a dos años, al considerar que la pena inicialmente impuesta resultaba desproporcionada y elevó al Gobierno su propuesta de indulto parcial.
El alto tribunal hizo efectivo el indulto parcial el pasado 4 de septiembre, después de que este le fuera concedido a Borràs por un real decreto aprobado en el Consejo de Ministros del 28 de julio y publicado al día siguiente.
El indulto, sin embargo, no supone la desaparición de la condena. La expresidenta de Junts continúa condenada por los delitos de falsedad por los que fue sentenciada y mantiene las restantes consecuencias penales de la resolución judicial.
Falsedad y prevaricación
Borràs fue condenada por las irregularidades cometidas durante su etapa al frente de la Institució de les Lletres Catalanes. El tribunal consideró probado que se fraccionaron contratos para evitar los procedimientos ordinarios de adjudicación y beneficiar a un colaborador.
La condena incluía una pena de cuatro años, seis meses y un día de prisión por los delitos de falsedad, además de la inhabilitación por prevaricación; una condena que, con el indulto, se redujo exclusivamente por la parte de cárcel que excedía de los dos años.